Derechos Humanos: Civiles, Políticos, Económicos, Sociales y Culturales

Clasificado en Derecho

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Clasificación de los Derechos Humanos

Derechos Civiles

El derecho a la vida: Este derecho comprende a su vez, los siguientes derechos:

  • A la vida frente al hambre
  • A la vida frente a la pena de muerte
  • A la vida frente a las ejecuciones sumarias y arbitrarias
  • A la vida frente a las desapariciones forzadas
  • A la vida frente al genocidio
  • A la vida frente al aborto
  • A la vida frente a la eutanasia
  • A la vida frente a la manipulación genética

El derecho a la integridad personal

  • A la integridad psicofísica
  • A la integridad moral

El derecho a la seguridad personal

  • A la nacionalidad
  • A la libertad de movimientos
  • A la migración
  • Al asilo

Derechos Políticos

  • El derecho a la asociación política
  • El derecho de reunión
  • El derecho a acceder a los cargos públicos
  • El derecho al sufragio, activo y pasivo
  • El derecho a participar en la elaboración de las leyes
  • El derecho de petición

Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Segunda Generación)

Los derechos económicos, sociales y culturales son aquel conjunto de derechos-prestación, que consisten en especificar aquellas pretensiones de las personas y de los pueblos consistentes en la obtención de prestaciones de cosas o de actividades, dentro del ámbito económico-social, frente a las personas y grupos que detentan el poder del estado y frente a los grupos sociales dominantes.

Características de los Derechos Humanos de Segunda Generación

En el ámbito internacional, en 1919 con la creación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), aparece como una necesidad sentida la concreción de los derechos económicos y sociales en las normas internacionales.

  • En sentido objetivo: pueden entenderse como el conjunto de normas a través de las cuales el estado lleva a cabo su función equilibradora de las desigualdades sociales.
  • En sentido Subjetivo: podrían entenderse como las facultades de los individuos y de los grupos a participar de los beneficios de la vida social, lo que se traduce en determinados derechos y prestaciones, directas o indirectas, por parte de los poderes públicos.

Son:

  • El derecho al trabajo
  • Los derechos sindicales
  • El derecho a la seguridad social
  • El derecho a la alimentación, vestido, vivienda digna
  • El derecho a la salud
  • El derecho a la educación como el acceso a la ciencia y la tecnología.

Derechos de los Pueblos o Derechos de Solidaridad (Tercera Generación)

Definición

Con esta denominación se hace referencia a la existencia en los últimos años, junto a la constatación y reivindicación de los tradicionales derechos (civiles, políticos, económicos, sociales y culturales) de unos nuevos derechos humanos, surgidos como consecuencia de la especialidad de las circunstancias históricas actuales y que responden ante todo al valor solidario.

Características de los Derechos Humanos de tercera generación

Son derechos que reciben varios nombres: derechos de los pueblos, nuevos derechos humanos, derechos de cooperación, derechos de solidaridad, derechos de tercera generación.

Los derechos de los pueblos es correcta, entre otras razones por que es sobre todo a partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de los dos pactos, pactos de Derechos Civiles y Políticos y Derechos Económicos Sociales y Culturales, de 1966, cuando empiezan a emerger los pueblos como sujeto de los derechos humanos y no solo los estados.

Clasificación de los derechos de Tercera generación

  • El derecho de autodeterminación de los pueblos
  • El derecho al desarrollo
  • El derecho al medio ambiente
  • El derecho a la paz

Violación de los Derechos Humanos

Por la forma de Estado en que tiene lugar

  • Estado totalitario:
Violaciones Sistemáticas

Son aquellas que se realizan en los sistemas totalitarios en forma reiteradas, organizada y coordinada fundamentalmente a través del aparato político militar del estado con colaboración activa y pasiva de los demás poderes especialmente con la complicidad del poder judicial.

Estas violaciones suponen una quiebra general del orden constitucional y una falta de garantía generalizada de todos los derechos comenzando por el derecho a la vida y pasando por todos los demás derechos.

  • Estado de derecho:
Violaciones Aisladas

Tienen lugar en un estado constituido en forma de estado de derecho, no suponen una quiebra general del orden constitucional y tienen al menos en principio la posibilidad de su reparación.

Formas de Violación

  • Violaciones por acción: Son aquellas en las que los sujetos activos de la violación, realizan acciones que suponen la violación del bien de la personalidad de que se trate, es el caso de la detención arbitraria, los malos tratos infligidos a los detenidos, la desaparición forzada.

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