Derechos Humanos de Tercera Generación: Medio Ambiente, Datos y Patrimonio Universal
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Derechos Humanos de Tercera Generación
La tercera generación de derechos humanos se enfoca en la defensa de bienes colectivos y derechos de solidaridad, abarcando aspectos fundamentales como el medio ambiente, los datos personales, los derechos genéticos, la protección, el desarrollo, la autodeterminación y el patrimonio universal de la humanidad.
Derecho a un Medio Ambiente Saludable y No Degradado
Este derecho fundamental implica disfrutar de un entorno sano, respirar aire puro, disponer de agua limpia y consumir alimentos no contaminados. Su violación se manifiesta en eventos y problemáticas como:
- Fuga de pesticidas de la fábrica de Bhopal (1984)
- Accidente de la central nuclear de Chernóbil (1986)
- Vertidos de petróleo en los océanos
- Trasiego de residuos tóxicos hacia el tercer mundo
- Deforestación de las selvas tropicales
- Desertificación de amplias zonas de la Tierra
- Agujero de la capa de ozono
- Emisiones de dióxido de carbono a la atmósfera
- Lluvias ácidas
- Deshielo de los glaciares y casquetes polares
- Reducción global de la biodiversidad
Derecho al Desarrollo
Reconocido en la Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social de 1969 y la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo de 1986.
Derecho a la Paz
Establecido en la Declaración sobre una Cultura de Paz de 1999.
Derecho a la Autodeterminación de los Pueblos
Fundamentado en la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales de 1960.
Derechos Relacionados con la Ingeniería Genética
Abordan cuestiones derivadas de los avances en ingeniería genética, tales como:
- Procreación asistida
- Patentes genéticas
- Diagnósticos y terapias genéticas
- Clonaciones
Estos derechos están regulados por la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos de la Persona Humana de 1997.
Derecho a la Protección de Datos Personales
En 1990, las Naciones Unidas aprobaron los Principios Rectores para la Reglamentación de los Ficheros Computarizados de Datos Personales, sentando las bases para este derecho fundamental.
Derecho al Patrimonio Común de la Humanidad
Este derecho abarca dos aspectos principales:
- Físico: Incluye zonas excluidas de las soberanías nacionales, como los fondos oceánicos, los casquetes polares y el espacio exterior.
- Cultural: Comprende los vestigios de especial relevancia de la actividad humana, esenciales para comprender la historia de la humanidad.
Está regulado por la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural.