Derechos de la Infancia: Diferencias entre Declaración y Convención, Principios Fundamentales y Actuaciones ante el Maltrato
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Diferencias entre Declaración y Convención
Es fundamental comprender la diferencia entre una Declaración y una Convención en el contexto de los derechos de la infancia:
- Declaración: Es un documento que detalla una serie de derechos, pero no implica un compromiso por parte de los Estados. Esto significa que los Estados firmantes no están obligados a respetar sus principios. Las declaraciones de 1959 y 1924 no fueron de obligatorio cumplimiento por los Estados que las firmaron.
- Convención: Es un documento que trata de un acuerdo entre Estados, por lo que tiene fuerza jurídica y es de obligatorio cumplimiento por parte de los Estados que lo han ratificado. Tienen un carácter vinculante. La Convención sobre los Derechos del Niño supuso un cambio cualitativo importante.
Principios Fundamentales de la Convención sobre los Derechos del Niño
La Convención se rige por cuatro principios fundamentales:
- Principio de "No discriminación"
- Principio de "El interés superior del niño"
- Principio del "Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo"
- Principio de "Participación y ser escuchado"
Actuaciones ante el Maltrato Infantil
El proceso de actuación ante el maltrato infantil se compone de las siguientes fases:
- Detección del maltrato
- Notificación del maltrato
- Valoración y diagnóstico de la situación
- Actuaciones
- Evaluación y seguimiento
Notificación del Maltrato a Servicios Sociales
En cuanto existan evidencias claras de maltrato infantil, se procederá a la notificación de la situación a los servicios sociales de atención a la infancia.
- Casos no graves/no urgentes: Se notificará a los servicios sociales básicos.
- Casos graves y urgentes: Se notificará a los servicios sociales especializados en atención a la infancia.
Esta notificación se efectúa a través de una hoja de notificación de riesgo y maltrato infantil.
Situaciones de Desamparo
Se considera que un menor se encuentra en situación de desamparo en los siguientes casos:
- Cuando se aprecia cualquier forma de incumplimiento de los deberes establecidos por las leyes para la guarda de menores, quedando estos privados de la necesaria asistencia moral o material.
- Cuando faltan las personas a las cuales corresponde ejercer las funciones de guarda o cuando estas personas están imposibilitadas para ejercerlas.
- Cuando se dan situaciones manifiestas de maltrato, en cualquiera de sus modalidades (maltrato físico, explotación, abuso sexual u otras).
Patria Potestad
La Patria Potestad es el conjunto de derechos y deberes que la ley reconoce al padre y a la madre sobre sus hijos y sus bienes, mientras estos son menores de edad o si están en situación de incapacidad siendo mayores de edad.
Ejemplo de incumplimiento de la Patria Potestad: Cuando los padres no cohabitan con ellos ni se encargan de protegerlos, cuidarlos y asistirlos; es decir, cuando incumplen sus obligaciones.
Respuestas a un Test
TST: 3C 4B 9C (larga) 10B 11A 12A 13D 14C 15D 16A 17B 18C 19D 20C 21B 22B 23A 24D 25C