Derechos Laborales Clave: Maternidad, Permiso Parental y Trabajo de Menores

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Ley 20.545: Descanso Pre y Postnatal y Permiso Parental

La Ley 20.545 modifica las normas sobre protección a la maternidad e incorpora el permiso postnatal parental. En materia de protección a la maternidad, aborda tres grandes temas:

  1. La extensión del postnatal.
  2. El permiso postnatal parental.
  3. La extensión de cobertura a mujeres no cubiertas por el régimen de subsidio por incapacidad laboral.

Ley Laboral y el Trabajo de Menores

La Ley N°20.189, en el artículo 13 del Código del Trabajo, establece requisitos para la contratación de menores de 18 años. Se rebaja la edad mínima permitida para la contratación de menores a los 15 años. Deben contar con autorización del padre o madre, o del abuelo o abuela paterno o materno; a falta de estos, los guardadores; si no, personas o instituciones a cargo; a falta de todos los anteriores, del inspector de trabajo respectivo. Deberán acreditar haber culminado su educación media o básica, no dificultar su asistencia a clases y/o programas educativos, y no podrán trabajar más de 30 horas semanales durante el período escolar. En ningún caso los menores podrán trabajar más de 8 horas diarias.

Tipos de Trabajo Permitidos para Menores

Está permitido, pero no limitado a: trabajo de oficina (incluyendo máquinas de oficina), cajero, maletero, marcador de precios, jardinería ornamental (sin máquinas operadas con electricidad), limpieza, mesero, mesas de monitoreo, lavado de platos.

Trabajos Prohibidos para Menores

Los menores de 18 años no podrán realizar:

  • Trabajos que requieran fuerza excesiva.
  • Actividades peligrosas para la salud, seguridad o moralidad.
  • Trabajos en cabaret y similares, locales nocturnos y de espectáculos vivos, ni donde se vendan bebidas alcohólicas que deban consumirse en el mismo establecimiento.
  • Trabajo en horario nocturno en los establecimientos industriales y comerciales que se realicen entre las 22:00 y las 7:00 hrs.

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