Derechos laborales: descansos, jornadas, indemnizaciones y prestaciones de seguridad social

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Descansos y jornadas laborales

Descanso intermedio

Jornada continua: Se descansa media hora permaneciendo en el lugar de trabajo (comedor, cantina). Régimen frecuente en la industria.

Jornada discontinua: Se descansa 2 o 2,5 horas; el trabajador puede salir de su lugar de trabajo y utilizar ese tiempo libre a su voluntad. Régimen general del comercio.

Descanso semanal

Industria: Se trabajan 6 días y se descansa el domingo (24 horas).

Comercio: Descanso de 46 horas, generalmente desde el sábado a la tarde hasta el domingo. También puede ser rotativo y que esa carga horaria se utilice en la semana.

7. Indemnización por despido

Definición: Retribución económica por la ruptura del vínculo laboral por parte del empleador.

Cálculo

Corresponde, por regla general, un mes de sueldo por cada año trabajado, con un máximo de 6 meses. Al salario se le suma una alícuota por licencia y por salario vacacional.

A. Despido por notoria mala conducta

Consiste en los despidos que se fundamentan en la evidente mala conducta del trabajador; dicha conducta debe ser probada ante la justicia. En tal caso no corresponde indemnización.

B. Despido indirecto

Ocurre cuando el trabajador se considera despedido debido a reiterados incumplimientos por parte del empleador (por ejemplo, no cumplimiento de las condiciones del contrato). En tal caso es el trabajador quien debe probar la existencia de esos incumplimientos.

C. Despido abusivo

Consiste en el despido que realiza el empleador valiéndose de su condición sin causa justificada. Esto debe probarse y, en tal caso, además de la indemnización común corresponde una indemnización especial.

D. Despido en caso de mujer embarazada o madre reciente

En caso de despedir a una mujer embarazada o madre reciente (hasta 180 días luego del parto) corresponde, además de la indemnización común, 6 meses de sueldos por indemnización especial, siempre que el empleador estuviera en conocimiento de la situación.

Seguridad Social

Definición: Conjunto de prestaciones reguladas por la ley mediante las cuales se procura dar al individuo un grado suficiente de bienestar.

Subsidio por maternidad

Ampara a las trabajadoras durante su licencia por maternidad. Es un subsidio sustitutivo del salario: corresponde el 100% del salario más la cuota parte proporcional del aguinaldo y del salario vacacional. La licencia comienza 6 semanas antes de la fecha probable de parto y se extiende por 8 semanas luego del nacimiento.

Subsidio por enfermedad

Consiste en otorgar subsidios a los trabajadores en función de accidentes de trabajo, enfermedades comunes o enfermedades profesionales. El subsidio puede durar como máximo 2 años; durante ese período el trabajador percibe el 70% del salario.

Notas finales

  • Todos los plazos y porcentajes pueden variar según la legislación vigente y los convenios colectivos aplicables.
  • La acreditación y el derecho a indemnizaciones o subsidios dependen de la prueba y del cumplimiento de los requisitos formales establecidos por la normativa laboral y de seguridad social.

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