Derechos de Libre Circulación en la UE: Empleo, Residencia y el Papel del Fondo Social Europeo

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Derechos Derivados del Derecho de Libre Circulación en la Unión Europea

El derecho de libre circulación en la Unión Europea (UE) conlleva una serie de derechos fundamentales para los ciudadanos:

  • Buscar empleo en otro Estado miembro.
  • Residir en otro país para buscar trabajo.
  • Recibir el mismo trato en lo que respecta a:
    • Acceso al empleo.
    • Condiciones de trabajo.
    • Ventajas sociales y fiscales.
  • Aceptar un empleo sin necesidad de permiso de trabajo.
  • Permanecer en dicho país al terminar la relación laboral.
  • Transferencia de prestaciones.

Límites al Derecho de Libre Circulación

Aunque la libre circulación es un derecho fundamental, existen ciertos límites:

En la teoría:

  • Seguridad pública y orden público.
  • Salud pública.
  • Empleo en el sector público.

En la práctica:

  • Falta de recursos económicos.
  • Obstáculos administrativos.

Política Social Europea (PSE)

La Política Social Europea (PSE) se basa en el modelo social europeo y abarca los siguientes aspectos principales:

  • Libertad de circulación de trabajadores.
  • Armonización de los ordenamientos laborales.
  • Política de empleo.
  • Competencia compartida con excepciones, como la seguridad social.
  • Coordinación de políticas de empleo.

Evolución de la Política Social Europea

Tratado de Roma (1957)

  • Objetivo de promover “el progreso social y un alto nivel de empleo”.
  • Equiparación de la remuneración entre hombres y mujeres.
  • Libre circulación de trabajadores.
  • Creación del Fondo Social Europeo.

Acta Única Europea (1986)

  • Armonización de los estándares de salud y seguridad en el trabajo.

El Protocolo Social de Maastricht (1992)

  • Objetivos:
    • Promoción del empleo.
    • Mejora de las condiciones de vida y trabajo.
    • Protección social.
    • Diálogo social.
    • Desarrollo de los Recursos Humanos (RRHH).
    • Lucha contra la exclusión social.
  • El Reino Unido no participa inicialmente.
  • Se incorpora en los Tratados con Ámsterdam en 1997.

Estrategia Europa 2020 (2010)

  • Iniciativa de crecimiento de diez años para superar la crisis.
  • Objetivo: “establecer las condiciones que harán posible un nuevo tipo de crecimiento más inteligente, sostenible e integrador”.
  • Empleo: 75% de la población activa empleada.
  • Protección social: sacar a 20 millones de personas de la pobreza.
  • Inclusión social: coordinación, sobre todo en lo que respecta a la movilidad entre países.

El Fondo Social Europeo (FSE)

El Fondo Social Europeo es uno de los Fondos Estructurales de la UE.

  • Creación: 1957, con el objetivo de promover el empleo y el desarrollo de los recursos humanos en todos los países de la Unión.
  • Objetivo: distribuir fondos europeos entre las regiones y los Estados miembros para:
    • Fomentar las oportunidades de empleo y la movilidad geográfica y profesional.
    • Facilitar la adaptación a las transformaciones industriales mediante la formación y la reconversión profesional.

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