Derechos y Obligaciones en un Contrato de Compraventa
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Obligaciones del Vendedor en la Compraventa
Conservación y Custodia
1. Conservar y custodiar la cosa hasta el momento de la entrega.
Entrega de la Cosa
2. Entregar la cosa vendida salvo que no se abone el precio.
Entrega de Títulos y Documentación
3. Entregar al comprador los títulos de propiedad y facilitarle la documentación necesaria para inscribir los títulos en el registro.
Gastos de Escritura
4. Pagar los gastos de otorgamiento de la escritura matriz.
Garantía y Saneamiento
5. Pagar la garantía en casos de evicción o vicios ocultos.
Saneamiento en caso de Evicción
Garantiza que el comprador va a tener posesión pacífica y requiere:
- Sentencia judicial firme.
- Se interrumpe la posesión porque existe un tercero que tiene derecho de propiedad anterior al acuerdo de compraventa.
- Condena a la privación de la cosa.
- Se tiene que dar antes de los 5 años.
Si se ejercita esta acción, y en el contrato no existe renuncia, el comprador puede exigir la restitución del precio junto con la indemnización de daños y perjuicios. Si existe renuncia a la evicción, cabe únicamente la restitución del precio.
Saneamiento por Vicio Oculto
Obligación del vendedor de garantizar al comprador que lo que ha comprado es útil para satisfacer sus necesidades.
Vicio Oculto en General
- Tiene que ser oculto.
- El vicio impide alcanzar la utilidad.
- Tiene que existir antes del contrato de compraventa.
- Plazo de 6 meses (el comprador puede desistir del contrato devolviendo la cosa o exigir una bajada de precio).
Vicio Oculto en Fincas
- Se trate de una finca.
- No sea visible.
- Sea grave (impida el aprovechamiento).
- Plazo de un año (se puede rescindir del contrato o exigir indemnización).
Vicio Oculto en Animales o Ganados
- Que no se vea.
- Determinado por la ley.
- No puede haberse realizado la compraventa en público.
- Plazo de 40 días desde la entrega (solicitar rebaja de precio o desistir del contrato).
Obligaciones del Comprador en la Compraventa
Pago del Precio
1. Pago del precio. Donde diga el contrato y cuando diga. Si no se dice nada, se realiza cuando se entrega la cosa.
Recepción de la Cosa
2. Recibir la cosa comprada. Si el comprador se niega a recibirla, el vendedor puede depositar la cosa tanto notarialmente como judicialmente, si se hubiera previsto en el contrato o no.
Abono de Gastos
3. Abonar los gastos siguientes:
- Los necesarios para la conservación de la cosa desde que se celebra el contrato hasta la consumación de este.
- Gastos de transporte.
- Gastos de notaría de la primera copia de la escritura.
- Impuesto que corresponda (IVA).
- Gastos que conlleve la inscripción en el Registro de la Propiedad.