Derechos y Obligaciones del Deudor Concursado: Reestructuración y Liquidación Patrimonial
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Derechos del Deudor Concursado en las Juntas de Acreedores
¿Tiene el deudor concursado derecho a asistir a las juntas de acreedores? La Ley General del Sistema Concursal reconoce el derecho del deudor de asistir a las sesiones de la Junta para efectuar propuestas de reestructuración o liquidación de su patrimonio. Esto otorga a los acreedores un mecanismo para conocer de primera mano la posición del deudor, aunque las decisiones finales dependerán de los criterios subjetivos e intereses de los acreedores, en virtud de la autonomía privada que rige su accionar.
El Plan de Reestructuración en el Proceso Concursal
¿Qué es y cuál debe ser el contenido del plan de reestructuración? De acuerdo con el artículo 66 de la Ley General del Sistema Concursal, el Plan de Reestructuración es el negocio jurídico mediante el cual la Junta define los mecanismos para llevar a cabo la reestructuración económico-financiera del deudor. Su finalidad es extinguir las obligaciones comprendidas en el procedimiento y superar la crisis patrimonial, considerando las particularidades del deudor.
Incumplimiento del Plan de Reestructuración y sus Consecuencias
¿Cuál es la consecuencia ante el incumplimiento del plan de reestructuración? La Comisión declarará de oficio la liquidación al verificarse el incumplimiento del plan de reestructuración, protegiendo así a los acreedores. Sin embargo, la Junta de Acreedores puede modificar esta decisión si, tras un análisis costo-beneficio, considera que la continuación de las actividades del deudor es la mejor opción para recuperar los créditos.
Conclusión del Proceso de Reestructuración Patrimonial
¿Cuándo concluye un proceso de reestructuración patrimonial? El artículo 71 de la Ley General del Sistema Concursal establece que el deudor puede poner fin al proceso de reestructuración al acreditar la extinción de los créditos reprogramados en el Plan de Reestructuración.
Competencia de la Autoridad Concursal en la Liquidación
¿Hasta cuándo es competente la autoridad concursal para conocer del reconocimiento de créditos u otros asuntos relativos a la disolución y liquidación del deudor? Los órganos administrativos dejan de tener competencia para el reconocimiento de créditos cuando se declara judicialmente la quiebra, asumiendo el órgano jurisdiccional el conocimiento exclusivo del proceso.
Actuación del Liquidador en la Disolución y Liquidación
¿Cómo debe actuar el liquidador en un proceso de disolución y liquidación? En los procesos de liquidación, las entidades liquidadoras deben tener un margen razonable de actuación para cumplir con su obligación de realizar los activos del deudor y pagar los créditos reconocidos en el concurso.
La Liquidación en Marcha: Una Alternativa para los Acreedores
¿En qué consiste la liquidación en marcha? La liquidación en marcha es una alternativa para los acreedores que buscan obtener un mayor valor de los activos. Consiste en mantener operativo el negocio por un máximo de seis meses desde la adopción del acuerdo de liquidación, para transferir los activos como unidad en funcionamiento o liquidarlos a un valor superior.
Designación del Liquidador en el Proceso Concursal
¿Quién designa al liquidador? En los procesos concursales, los acreedores pueden decidir liquidar el patrimonio del insolvente. En ese caso, la Junta debe designar a la entidad que se encargará del proceso y aprobar el Convenio de Liquidación.