Derechos y obligaciones en Higiene y Seguridad Laboral
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Derechos y Obligaciones
De ser dirigidos por graduados universitarios (Art. 16, Cap. 3, Dr 911/96). De cumplir con las obligaciones y responsabilidades que hacen a su función (Art. 18, Cap. 3, Dr 911/96). De Elaborar y rubricar el programa de seguridad y legajo técnico (Art. 20, Cap. 4, Dr 911/96). De redactar el programa de higiene y seguridad (Art. 3, Res. 51/97).
Prestaciones de Medicina, Higiene y Seguridad
Es el encargado de prevenir riesgos a la salud de los trabajadores y mejorar las condiciones de los ámbitos de trabajo.
Prestaciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo
Es el encargado de implementar las políticas tendientes a determinar, promover y mantener las condiciones de trabajo y de garantizar el más alto nivel de seguridad.
Resolución SRT N° 231/96
Condiciones básicas a cumplir desde el inicio de la obra y confección del legajo técnico:
- Instalación de baños y vestuarios.
- Provisión de agua potable.
- Construcción de la infraestructura de campamento.
- Disponer de vehículos apropiados para el transporte de personal.
- Entrega de EPP, con la excepción de la ropa de trabajo.
- Implementación del Servicio de H.yS. y confección del Legajo Técnico.
- Elaboración de un programa de Capacitación y realización de la instrucción básica.
- Ejecución de las medidas preventivas de protección de caídas de personas o de derrumbes.
- Disponer de disyuntores eléctricos, puestas a tierra y cables con doble aislación.
- Instalar un extinguidor de polvo químico ABC 10 Kg.
- Contar con protección de los accionamientos y sistemas de transmisión de las máquinas.
Cuando se ejecutan las etapas
Se deberá cumplir con:
- A los siete (7) días: Entrega de la ropa de trabajo.
- A los quince (15) días: Completar la capacitación básica, instalar carteles de seguridad en obra, destinar un sitio adecuado para comedor del personal, completar la protección de incendio, adecuar el orden y la limpieza de la obra.
Legajo Técnico - Contenido
- Memoria descriptiva de la obra.
- Programa de prevención de accidentes y enfermedades profesionales en cada etapa.
- Programa de capacitación al personal en materia de Higiene y Seguridad.
- Registro de evaluaciones y mediciones de contaminantes.
- Organigrama del Servicio de Higiene y Seguridad.
- Plano o esquema del obrador y servicios auxiliares.
Resolución SRT N° 051/97
- Realizar y presentar el Aviso de Inicio de Obra cada vez de iniciarse una obra (con 5 días hábiles de Anticipación).
- Confeccionar y presentar para su aprobación ante ART el Programa de S. y H. cuando tengan las siguientes características: Excavación, Demolición, Obras que superen los 1000m2 de superficie cubierta o los 4 mts. de altura, Tareas sobre equipos energizados de Media o Alta tensión.
ANEXO I
Contenidos mínimos que deberá cumplir y contener:
- Se confeccionará un programa por obra o emprendimiento.
- Contendrá la nómina del personal actualizado.
- Contará con identificación de la Empresa, del Establecimiento y de la Aseguradora.
- Fecha de confección.
- Descripción de la obra y sus etapas constructivas con fechas de ejecución.
- Enumeración de los riesgos generales y específicos, previstos por etapas.
- Medidas de seguridad a adoptar por etapa.
- Será firmado por el Empleador, el Director de obra y el responsable de higiene y seguridad de la obra, y será aprobado por un profesional en higiene y seguridad de la Aseguradora.