Derechos y Obligaciones de los Trabajadores: Una Guía Completa

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Derechos y Obligaciones de los Trabajadores

Derechos de los Trabajadores

Los trabajadores tienen una serie de derechos contemplados en diferentes leyes, como la Constitución española o el Estatuto de los Trabajadores. Estos derechos incluyen:

Derechos de Contenido Profesional

  • Derecho a la ocupación efectiva del puesto de trabajo
  • Derecho a la promoción y formación profesional en el trabajo
  • Derecho a la percepción puntual de la remuneración

Derechos de Acción Colectiva

  • Derecho a la libre sindicación
  • Derecho a la negociación colectiva
  • Derecho a la adopción de medidas de conflicto colectivo
  • Derecho a la huelga
  • Derecho a la reunión
  • Derecho a la participación en la empresa

Derechos Personales

  • Derecho a la integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene
  • Derecho a la no discriminación para el empleo por ningún motivo
  • Derecho al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad

Obligaciones de los Trabajadores

Entre las obligaciones del trabajador, cabe destacar:

  • Respetar las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas
  • Cumplir las obligaciones concretas de su puesto de trabajo de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia
  • Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten
  • Contribuir a la mejora de la productividad
  • No realizar competencia desleal a la empresa

Negociación Colectiva

Las organizaciones que representan a los trabajadores (sindicatos) y las que representan a los empresarios (patronal) se reúnen periódicamente para llegar a acuerdos, denominados convenios colectivos, que regulan las condiciones de trabajo en una empresa o en un grupo de ellas.

Tipos de Negociación Colectiva

  • Convenios de empresa: Se reúnen el empresario o sus representantes con los delegados de personal o con el comité de empresa.
  • Convenios de sector: Se reúnen los sindicatos más representativos con las asociaciones empresariales que representen al menos al 10% de los empresarios implicados.

Proceso de Negociación Colectiva

  1. Comunicación de intención de negociar: Se envía por escrito a la otra parte, señalando la representación que ostenta, el ámbito geográfico y personal al que se va a extender el convenio y las materias sobre las que se desea negociar.
  2. Creación de la comisión negociadora: Formada por doce miembros por cada parte, aunque en convenios de ámbito superior a la empresa puede alcanzar los 15 miembros.
  3. Acuerdos de la comisión: Requieren la aprobación del 60% de cada una de las dos representaciones.
  4. Firma del acuerdo: Una vez finalizada la negociación, se fijan los acuerdos por escrito y las partes firman el acuerdo.

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