Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual: Todo lo que Necesitas Saber

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Propiedad Industrial e Intelectual

Para que exista una economía de mercado, debe haber una posibilidad de elección. Para facilitar esta posibilidad de elección, están los signos distintivos, que son derechos inmateriales que identifican al empresario, sus productos y servicios. Para fomentar la investigación en el mercado, el derecho concede monopolios de explotación a los empresarios, que son las patentes. Todo esto constituye la propiedad intelectual.

Signos Distintivos

Es un derecho inmaterial que sirve para identificar al empresario y sus productos o servicios. Tres tipos de signos distintivos son la marca, el nombre comercial y el rótulo del establecimiento.

La Marca

Se regula por la ley del 7 de diciembre de 2001. Tiene la finalidad de permitir el derecho de opción a los consumidores.

La marca es todo signo susceptible de representación gráfica (que pueda escribirse) que sirva para distinguir los productos o servicios en el mercado. También pueden existir marcas de sonidos como melodías porque también se pueden escribir.

Clases de Marcas

A) Por la Configuración:
  • Denominativas: Tienen una o varias palabras.
  • Gráficas: Cuando consiste en una forma o un dibujo.
  • Tridimensionales: Envases, envoltorios.
  • Sonoras: Sonido, melodía, música.
  • Mixtas: Consiste en la denominación de dos anteriores.
B) Por el Titular:
  • Individuales: Pertenecen a una sola persona.
  • Colectivas: Sirven para identificar a los miembros de la asociación.
  • De Garantías: Cuando responden a un certificado de garantía.
C) Por el Ámbito:
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Comunitarias

Requisitos de la Marca:

  • La marca tiene que tener una actitud diferenciada para que no induzca a error o confusión.
  • No puede ser idéntica o análoga a otra que produzca confusión, tienen que diferenciarse una de otras.
  • No ser contrarias a la moral u orden público, ni recoger nombres de personas sin su consentimiento.
  • Debe ser registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas que está en Alicante.

Contenido del Derecho de la Marca:

  • El derecho de la marca confiere un monopolio de explotación y, por tanto, se puede perseguir las conductas que atenten contra la marca.
  • Derecho de vender o ceder temporalmente. Disponer de ella para venderla, donarla, dejarla en herencia, etc.
  • Se debe usar. Si pasan 5 años sin usarse, se pierde el derecho de una marca.
  • Obligación del pago de tasas cada 5 años, y si se pagan la marca dura 10 años, pero se puede renovar indefinidamente.

Nombre Comercial

Se regula en el art. 87 y siguientes de la ley de marcas. Es todo signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir a los empresarios. En cuanto al régimen jurídico, el nombre comercial es igual al de la marca.

Invenciones y Creaciones Industriales

Patentes:

(Ley de 20 de marzo de 1986) La patente es un derecho que atribuye a una persona la facultad de explotarla con carácter exclusivo durante cierto tiempo. Es un monopolio de explotación de una invención.

Características:
  • Debe ser una regla para el obrar humano: no se inventa un producto sino la forma de construirlo.
  • Tiene que tener un carácter industrial o útil para conseguir resultados materiales.
  • Requisito de la novedad.
  • Ha de ser lícita.
  • Debe registrarse en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

Contenido de las Patentes:

  • La patente da un derecho moral a la paternidad del inventor.
  • Un derecho patrimonial de explotación.
  • Derecho a impedir las usurpaciones tanto civil como penal.
  • Derecho de disposiciones de forma definitiva y temporal.
  • Tiene que pagar unas cuotas anuales.
  • Existe la obligación de explotarla, perdiéndola si no la explota en 4 años.
  • La patente se extingue a los 20 años sin que existan prórrogas posibles.

Modelos de Utilidad

Se regula en el art. 143 de la ley de patentes. Las invenciones que, siendo nuevas, consisten en dar una configuración o estructura a un objeto de la cual resulta una ventaja.

Protección del Diseño Industrial

(Ley del 7 de julio del 2003) El diseño industrial trata de proteger la forma de fabricación de productos (3 y 2 dimensiones).

Propiedad Intelectual

Conjunto de facultades que se reconocen a los creadores de una obra de la inteligencia. Se rige por la ley de propiedad intelectual de 12 de abril de 1996.

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