Derechos de los Pueblos Indígenas en Venezuela y Seguridad Nacional
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Derechos de los Pueblos Indígenas en Venezuela
En Venezuela, al igual que en el resto del continente americano, coexisten pueblos cuya existencia es previa a la llegada de los europeos y a la formación de los estados nacionales: los pueblos indígenas. Sus antepasados ocuparon estas tierras durante miles de años, desarrollando diversas formas de organización social, política y económica, culturas, idiomas y tecnologías. Frente a la invasión, conquista y colonización europea, los indígenas defendieron heroicamente sus tierras y vidas.
Durante quinientos años han mantenido su resistencia y lucha por el reconocimiento pleno de su existencia como pueblos y por el derecho sobre sus tierras. Esta lucha se materializa con la refundación de la República. Como consecuencia de esta lucha y de sus particulares condiciones de vulnerabilidad, los derechos de los pueblos indígenas han sido reconocidos internacionalmente como derechos específicos y originarios.
Este reconocimiento en la Constitución de 1999 implica un profundo cambio de perspectiva política y cultural que reorienta la conducción del Estado venezolano, al reconocer su carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe. El Capítulo VIII de la Constitución, referido a los derechos indígenas, reconoce ampliamente la existencia de los pueblos indígenas, sus formas de organización, culturas e idiomas propios, así como sus hábitats y los derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan, indispensables para garantizar su continuidad biológica y sociocultural. Estas tierras, además, son asiento de sus referentes sagrados. Todo ello implica un profundo cambio en la perspectiva política y jurídica del país.
Se establece que las tierras indígenas son inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles y que corresponde al Estado, conjuntamente con los pueblos indígenas, la demarcación de dichas tierras. Una ley especial desarrollará lo específico de tal demarcación para resguardar la propiedad colectiva de las tierras de los pueblos y comunidades indígenas que las habitan. Como parte de la valoración del patrimonio cultural indígena, el Estado reconoce las prácticas médicas tradicionales de los pueblos indígenas. Los pueblos indígenas tienen el derecho de mantener y promover sus prácticas económicas, por lo que no se les podrá imponer planes y proyectos de desarrollo ajenos a sus intereses y necesidades (Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - N° 5453 Extraordinario - 24 de marzo del 2000).
Capítulo VIII. De los Derechos de los Pueblos Indígenas (Constitución de 1999)
Artículo 119: El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida. Corresponderá al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y la ley.
Artículo 120: El aprovechamiento de los recursos naturales en los hábitats indígenas por parte del Estado se hará sin lesionar la integridad cultural, social y económica de los mismos e, igualmente, está sujeto a previa información y consulta a las comunidades indígenas respectivas. Los beneficios de este aprovechamiento por parte de los pueblos indígenas están sujetos a la Constitución y a la ley.
Artículo 121: Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, cosmovisión, valores, espiritualidad y sus lugares sagrados y de culto. El Estado fomentará la valoración y difusión de las manifestaciones culturales de los pueblos indígenas, los cuales tienen derecho a una educación propia y a un régimen educativo de carácter intercultural y bilingüe atendiendo a sus particularidades socioculturales, valores y tradiciones.
Artículo 122: Los pueblos indígenas tienen derecho a una salud integral que considere sus prácticas y culturas. El Estado reconocerá su medicina tradicional y las terapias complementarias, con sujeción a principios bioéticos.
Artículo 123: Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y promover sus propias prácticas económicas basadas en la reciprocidad, la solidaridad y el intercambio; sus actividades productivas tradicionales, su participación en la economía nacional y a definir sus prioridades. Los pueblos indígenas tienen derecho a servicios de formación profesional y a participar en la elaboración, ejecución y gestión de programas específicos de capacitación, servicios de asistencia técnica y financiera que fortalezcan sus actividades económicas en el marco del desarrollo local sustentable. El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras pertenecientes a los pueblos indígenas el goce de los derechos que confiere la legislación laboral.
Artículo 124: Se garantiza y protege la propiedad intelectual colectiva de los conocimientos, tecnologías e innovaciones de los pueblos indígenas. Toda actividad relacionada con los recursos genéticos y los conocimientos asociados a los mismos perseguirán beneficios colectivos. Se prohíbe el registro de patentes sobre estos recursos y conocimientos ancestrales.
Artículo 125: Los pueblos indígenas tienen derecho a la participación política. El Estado garantizará la representación indígena en la Asamblea Nacional y en los cuerpos deliberantes de las entidades federales y locales con población indígena, conforme a la ley.
Artículo 126: Los pueblos indígenas, como culturas de raíces ancestrales, forman parte de la Nación, del Estado y del pueblo venezolano como único soberano e indivisible. De conformidad con esta Constitución tienen el deber de salvaguardar la integridad y la soberanía nacional.
El término pueblo no podrá interpretarse en esta Constitución en el sentido que se le da en el derecho internacional (Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 36860. 30 de diciembre de 1999).
Seguridad y Defensa Nacional
La Seguridad y Defensa Nacional son elementos primordiales en la conformación de las naciones, ya que proporcionan confiabilidad y protección a sus ciudadanos. En todo Estado, y en particular en el Estado venezolano, existen elementos tanto naturales como territoriales que deben ser preservados y protegidos. La Seguridad Nacional se refiere a las manifestaciones externas que los ciudadanos perciben, manifestándose en la sensación de tranquilidad o inseguridad. Depende de la percepción ciudadana de paz, peligro o amenaza para la nación y, por ende, para la seguridad de sus ciudadanos. Es parte inherente de la política nacional y está directamente vinculada con el Poder Nacional, que le proporciona los medios para su ejecución.
En el ámbito político, la seguridad nacional es el objetivo principal, mientras que la defensa nacional es el medio, o uno de los medios más destacados, para lograrla. La seguridad puede verse como un aspecto psicológico, una actitud o un estado de conciencia, que depende del grado de confianza y seguridad que el Estado transmita a sus nacionales.
Se puede definir la Seguridad de la Nación como: La situación, estado o condición que se configura mediante la garantía, goce y ejercicio efectivo de los derechos en los diversos ámbitos de la vida nacional (social, económico, cultural, político, militar, entre otros) por parte de la población, la sociedad y demás entes que conforman el Estado.
La Seguridad de la Nación se refiere principalmente a tres aspectos:
- Seguridad del Territorio: Preservación del territorio nacional de la ocupación, tránsito o invasión ilegal de personas o naciones no autorizadas.
- Seguridad de la Población: Protección de la colectividad de situaciones que amenacen o atenten contra su libertad, seguridad o bienestar.
- Seguridad de las Libertades: Garantía del cumplimiento de las libertades internas y externas, establecidas por mandato constitucional.
La seguridad es indispensable para el bienestar de la sociedad, ya que protege los derechos de la nación tanto en el ámbito interno como externo.
Seguridad Interna y Externa
Seguridad Interna: Conjunto de presiones internas que atentan contra el logro de los objetivos nacionales, en el ámbito territorial. Estas presiones pueden ser individuales, públicas, industriales y empresariales. Comprende las medidas y acciones tomadas por el Poder Nacional para afrontar, en las fronteras nacionales, las agresiones o presiones de otros sujetos o países.
Seguridad Externa: Referida a elementos político-militares, complementa la seguridad nacional y se relaciona con la forma en que cada nación concibe la seguridad de su territorio. Depende de dos factores:
- Las presiones que enfrenta el Estado.
- La capacidad del Estado para actuar ante tales exigencias.
En la seguridad externa intervienen organismos mundiales y regionales como la ONU (Organización de las Naciones Unidas) y la OEA (Organización de los Estados Americanos). La política externa se configura cuando un Estado tiene intereses en un territorio donde sus instituciones no tienen incidencia. En este caso, tiene dos opciones: la diplomacia o la guerra.
Una vez definida la Seguridad Nacional, es importante destacar el rol de la Defensa Integral, necesaria para la seguridad de la nación. La expresión Defensa Nacional surge a principios del siglo XX con los Estados Nacionales. Su objetivo es el uso de la fuerza militar para defender los intereses de la nación. La Defensa Integral es un medio para conseguir un fin: la Seguridad de la Nación. La Defensa Nacional es la garantía, a toda costa, ante toda circunstancia y agresión, de la seguridad del territorio nacional y de sus ciudadanos.
Se puede definir como: El conjunto de acciones, sistemas, métodos o medidas de defensa que el Estado diseña y ejecuta para preservar y garantizar la consecución de los objetivos nacionales y el bienestar y seguridad de todos los integrantes de la nación. En este plan se consideran todos los entes del Estado, tanto públicos como privados, así como las personas naturales y jurídicas. La Seguridad y Defensa Nacional se complementan, ya que no se concibe una sin la otra:
La seguridad garantiza al Estado la consecución de los objetivos nacionales, y la defensa le proporciona los hechos concretos que se manifiestan en el resguardo y la integridad del territorio, así como la vida de la población.
La Seguridad y Defensa tienen su fundamento jurídico en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Título VII, referido a la Seguridad de la Nación (artículos 322 al 327). Estos artículos constitucionales abordan aspectos relevantes como:
- La competencia exclusiva del Estado en materia de Seguridad y la responsabilidad de todos los venezolanos y entes públicos y privados en la Defensa de la Nación.
- La importancia del Consejo de Defensa de la Nación como máximo órgano en asuntos de defensa integral.
- La exclusividad del Estado para el porte y uso de armas de guerra y la función de la Fuerza Armada Nacional en los procedimientos referidos al porte y uso de armas por parte de la ciudadanía.
- El establecimiento del secreto político-militar en asuntos de seguridad nacional.
- Los principios que rigen la seguridad de la nación: independencia, democracia, solidaridad, igualdad, paz, justicia, entre otros. Se destaca la colaboración de la Sociedad Civil.
- La necesidad del resguardo de las fronteras para garantizar la seguridad nacional y la importancia de la Ley de Fronteras.
Estos aspectos constitucionales se amplían en la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación. La seguridad no se limita a la protección de la nación, sino que ocupa espacios importantes en el desarrollo del Estado. El desarrollo es el medio idóneo para lograr un crecimiento integral de los diversos aspectos que conforman la sociedad, como el aumento del empleo y la mejora de la calidad de vida. El desarrollo debe ser el avance igualitario de los factores sociales, económicos, culturales y educativos, ya que la evolución de solo una parte de estos elementos mostraría un desnivel en el progreso de la sociedad.
Tipos de Seguridad
Seguridad Alimentaria: Disponibilidad de suficientes alimentos producidos en el país para garantizar la satisfacción de los nacionales y el fácil acceso a los mismos. |
Seguridad Ciudadana: Obligación del Ejecutivo Nacional de garantizar una efectiva protección a los ciudadanos, el cumplimiento de los derechos constitucionales y el mantenimiento del orden público. |
Seguridad Social: Establecimiento de preceptos jurídicos que garanticen el acceso y obligatoriedad en la prestación de los servicios públicos básicos para la población, como el derecho a la salud, educación, salario justo y pensión por vejez. |
Elementos comunes entre Seguridad y Defensa Nacional
- Política Exterior del Estado: Debe seguir los lineamientos del Ejecutivo Nacional, quien establece la política internacional y traza el plan para resguardar la integridad territorial.
- Fuerzas Militares o Fuerza Armada Nacional: Encargada de garantizar la independencia y soberanía de la nación mediante la defensa militar. Elemento fundamental para la defensa integral.
- Sistema Jurídico: Conjunto de principios, normas o reglas jurídicas que regulan la conducta de los ciudadanos en la sociedad.
La Seguridad y Defensa Integral de la Nación son fines esenciales del Estado, pero su consecución no es tarea exclusiva de quienes dirigen el país, sino una responsabilidad que involucra a todos los venezolanos. La construcción y el avance del Estado dependen de la conjunción de los esfuerzos de cada ciudadano y de su nivel de conciencia y patriotismo.
Funciones del Ejército Nacional Bolivariano
Artículo 33: El Ejército Nacional Bolivariano podrá conducir operaciones militares requeridas para la defensa terrestre, mediante operaciones específicas, conjuntas o combinadas. Tiene además las funciones siguientes:
- Contribuir con el análisis, formulación, estudio y difusión del pensamiento militar venezolano.
- Formular y desarrollar la doctrina para la planificación y conducción de las operaciones militares terrestres.
- Organizar, equipar, adiestrar y conducir las unidades para la planificación y ejecución de las operaciones militares terrestres y aerotransportadas para la acción específica, conjunta y combinada.
- Ejecutar actividades de empleo de los medios terrestres, navales y aéreos del Componente Militar en tareas específicas rutinarias.
- Participar en la ejecución de los planes de empleo del ámbito militar.
- Prestar apoyo operacional y de transporte terrestre a los demás componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
- Realizar operaciones aéreas en apoyo de combate y de servicio a las unidades terrestres.
- Prestar apoyo de transporte aéreo a los demás componentes y a la Milicia Nacional Bolivariana.
- Las demás que señalen las leyes, reglamentos y otros instrumentos del ordenamiento jurídico vigente.
Estructura organizativa del Ejército
Para la ejecución de su misión y objetivos, el Ejército venezolano tiene la siguiente organización: el Comando General, la Inspectoría General, el Estado Mayor General, las Grandes Unidades de Combate, los Grandes Comandos, las Unidades Tácticas, las Unidades Fundamentales Aisladas, los Institutos Docentes, los Servicios y demás dependencias.
Cartografía
Entre las múltiples destrezas y conocimientos que debe tener un miembro de la Fuerza Armada Nacional, se encuentra la cartografía, ciencia que ha permitido el estudio de los fenómenos que se presentan en la Tierra. Antes del siglo XVI no había una clara concepción de la forma de la Tierra. El holandés Gerard Mercator representó el mundo a través de la proyección cilíndrica isógona, según la cual, meridianos y paralelos equidistantes forman una retícula ortogonal, útil para la navegación. A través de los años, surgieron diversos métodos, como el de la triangulación, utilizado por Giovanni Domenico en el siglo XVIII, que permitió la representación de puntos levantados sobre la tierra.
Más adelante, aparecen los mapas sombreados, que usaban tintas oscuras para identificar las zonas montañosas, y luego los mapas policromos, que resaltaban con colores diversos elementos como la hidrografía y el relieve. El relieve se destacaba mediante curvas de nivel, que unían terrenos de igual altura. Con el desarrollo tecnológico, existen métodos como la fotografía aérea, el radar, los satélites artificiales y el sonar, que han ampliado la forma de cartografiar el mundo. La cartografía se define como:
La ciencia que tiene por objeto el establecimiento de las normas, técnicas y procedimientos que estudian diversas realidades o fenómenos (urbanos, culturales, económicos, étnicos, políticos, entre otros) y la confección de planos y mapas. |
Los mapas se utilizan para buscar personas perdidas, navegación y planificación de rutas (aéreas, terrestres o marítimas), visualización y análisis espacial.
Métodos de orientación y navegación
Estos métodos permiten conocer la posición de un sitio y orientarse hacia la dirección correcta. Existen diversos métodos:
- Los 4 puntos cardinales: Este, Oeste, Norte y Sur, surgen de la intersección de dos líneas que se cortan en ángulo recto sobre el horizonte.
- La salida del Sol: Ubicándose frente al Sol (Este), a la izquierda está el Norte, a la derecha el Sur y detrás el Oeste.
- Orientación por las estrellas: En el hemisferio septentrional se usa la estrella Polar de la Osa Menor (Norte). En el hemisferio meridional se usa la Constelación de la Cruz del Sur.
- La brújula: Mecanismo con una aguja imantada que gira en un plano horizontal sobre un pivote vertical, señalando el Norte magnético. Se basa en la propiedad de la magnetita de orientarse en el mismo sentido que las líneas de fuerza magnética de la Tierra (dirección Norte-Sur).
Representación de la Tierra
Existen varias formas de representar la Tierra, entre ellas:
- Las esferas: Representación de la Tierra desde el espacio, mostrando continentes, océanos, áreas, formas, direcciones y distancias de forma correcta.
- Los Mapas: Representación total o parcial de la superficie curva de la Tierra sobre una superficie plana. Sus características son:
- Expresión gráfica para analizar e interpretar fenómenos del espacio terrestre.
- Representación selectiva de una parte de la superficie terrestre.
- Puede ser bidimensional o tridimensional, según su finalidad y las técnicas utilizadas.
Tipos de mapas
Mapas Generales: Con información generalizada. |
Mapas Específicos: Contienen información específica de fenómenos físicos o socioculturales de determinada área. |
Mapas Geográficos: Señalan información topográfica o física, o información de países. |
Mapas Estadísticos: Muestran la cantidad de población, fauna u otro elemento. |
Mapas Topográficos: Señalan los elementos situados sobre la Tierra, como la hidrografía, el clima, los aspectos geológicos y vegetacionales. |
Mapas Temáticos: Señalan hechos o fenómenos específicos, ya sean topográficos, económicos, navales, entre otros. |
Para elaborar un mapa se deben seguir estos pasos:
- Simplificación del espacio.
- Elección de la escala (proporción entre la distancia real y la distancia en papel).
- Proyección cartográfica (forma de llevar una superficie plana a una esférica).
Dos aspectos básicos para confeccionar un mapa son la proyección y la escala.
La Proyección
- Proyección cilíndrica: Meridianos y paralelos se representan por rectas equidistantes los primeros, y aumentando o disminuyendo la distancia entre los segundos a medida que se alejan del ecuador.
- Proyección cónica: Se representa el paralelo que pasa por el centro del lugar y, a partir de éste, en dirección al polo más cercano, se representan los que siguen en forma de curvas concéntricas, siendo a la inversa, más ampliados a medida que se aproximan al ecuador. Los meridianos se representan por rectas distribuidas en forma de radio.
Otros sistemas de proyección son: polar, ecuatorial, estereográfica, globular y estrellada.
La Escala
Es la relación entre la distancia que separa dos puntos en un mapa y la distancia real entre esos puntos en la superficie terrestre. Tiene tres formas de expresión:
- Numérica: En forma de proporción o fracción, señala la diferencia entre las unidades del mapa y las unidades medidas sobre la Tierra.
- Gráfica: Segmento recto donde se marcan las distancias, generalmente en kilómetros u otras unidades de longitud.
- Expresión en cifras y palabras: Por ejemplo, 2 centímetros representan 200 kilómetros.