Derechos Sindicales y Representación Laboral en España: Marco Normativo y Funciones
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La Libertad Sindical en España: Un Derecho Fundamental
La libertad sindical en España es un derecho fundamental de las personas reconocido en la Constitución. Establece que todos tenemos derecho a sindicarnos.
¿En qué consiste la Libertad Sindical?
Este derecho abarca varios aspectos esenciales:
- Derecho del trabajador a afiliarse al sindicato de su elección.
- Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.
- Derecho a constituir sindicatos.
¿Quiénes tienen derecho a sindicarse?
Tienen derecho a afiliarse y ejercer la libertad sindical:
- Trabajadores por cuenta ajena (asalariados y funcionarios).
- Trabajadores desempleados y jubilados.
- Trabajadores por cuenta propia que no tengan contratados trabajadores.
¿Quiénes no tienen derecho a sindicarse?
Existen ciertas excepciones establecidas por ley:
- Jueces, magistrados y fiscales.
- Miembros de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de la Seguridad sometidos a disciplina militar.
Definición y Funciones de un Sindicato
Un sindicato es la asociación permanente de trabajadores que ejercen una actividad profesional, para la representación y mejora de sus intereses profesionales y de sus condiciones de vida.
Funciones Principales de los Sindicatos
Los sindicatos desempeñan roles cruciales en las relaciones laborales:
- Participan en la negociación de los convenios colectivos.
- Promueven elecciones para delegados de personal y comités de empresa.
- Representan a los trabajadores ante las administraciones públicas.
Tipos de Sindicatos según su Representatividad
La representatividad determina el alcance de las facultades de negociación y representación:
Sindicatos Más Representativos
Se consideran más representativos si cumplen ciertos umbrales de apoyo:
Ámbito Nacional
- Aquellos que han obtenido el 10% de los delegados de personal a nivel estatal.
Ámbito Autonómico
- Aquellos que han obtenido en la comunidad autónoma al menos el 15% de los representantes de los trabajadores.
La Representación Unitaria de los Trabajadores
La representación unitaria la constituyen los delegados de personal y los comités de empresa. Estos órganos representan a todos los trabajadores de la empresa con independencia de su afiliación a un sindicato.
Características de los Órganos de Representación
Delegados de Personal
- Son representantes de los trabajadores en aquellas empresas o centros de trabajo que tengan más de 10 trabajadores y menos de 50.
- En las empresas con plantillas de entre 6 y 10 trabajadores se puede elegir un delegado de personal, si la plantilla de la empresa lo decide por mayoría.
El Comité de Empresa
- Es el órgano de representación colegiado de los trabajadores en las empresas o centros de trabajo cuyo número de trabajadores sea 50 o más.
- El número de miembros del comité de empresa dependerá del número total de trabajadores.
Proceso de Elección
Las elecciones para delegados y comités se rigen por:
- Se eligen por un periodo de 4 años.
- Serán electores todos los mayores de 16 años y con una antigüedad mínima de un mes.
- Podrán ser candidatos los mayores de 18 años y con antigüedad de al menos 6 meses.
Funciones Más Importantes de la Representación Unitaria
Las funciones clave de estos órganos incluyen:
- Vigilar el cumplimiento de las normas laborales y de las condiciones de seguridad e higiene.
- Recibir información sobre la situación económica y de empleo de la empresa, el absentismo laboral, la seguridad e higiene del trabajo.
- Emitir informes sobre las materias mencionadas.
Garantías de los Representantes
Los representantes de los trabajadores cuentan con importantes garantías para el ejercicio de su función:
- Prioridad de permanencia en la empresa respecto a los demás trabajadores en caso de aplicación de medidas colectivas extintivas.
- No ser despedidos ni sancionados por acciones realizadas en el ejercicio de su representación.
- Expresar con libertad sus opiniones en el ámbito de sus competencias.