Determinación de Competencia y Cuantía en Procesos Civiles: Criterios Legales y Aplicación Práctica
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Aspectos Clave de la Jurisdicción y Cuantía en el Derecho Procesal Civil Colombiano
Cláusula General de Competencia: Artículo 15
El Artículo 15 establece la cláusula general o residual de competencia, determinando que corresponde a la jurisdicción ordinaria el conocimiento de todo asunto que no esté atribuido expresamente por la ley a otra jurisdicción.
Dentro de la jurisdicción ordinaria, específicamente en su especialidad civil, el conocimiento de todo asunto que no esté atribuido expresamente por la ley a otra especialidad jurisdiccional ordinaria recae en esta. Asimismo, corresponde a los jueces civiles del circuito todo asunto que no esté atribuido expresamente por la ley a otro juez civil.
Determinación de la Cuantía en Procesos Civiles
Criterio General para la Cuantía: Avalúo Catastral vs. Valor Comercial
Un criterio fundamental para determinar la cuantía en procesos relacionados con inmuebles es el avalúo catastral del bien que se encuentra en poder del demandante, y no el valor comercial.
Procesos Específicos y su Cuantía
Numeral 3: Declaración de Pertenencia y Saneamiento de Titulación
Los procesos de declaración de pertenencia, saneamiento de titulación y, en general, aquellos que versen sobre el dominio o posesión de bienes, tienen su cuantía determinada por el valor catastral de los inmuebles objeto del proceso.
Según el Artículo 16, Numeral 4 del Código de Procedimiento Civil (CPC), los procesos de pertenencia eran competencia de los jueces del circuito. Con la entrada en vigor del Código General del Proceso (CGP), la competencia depende de la cuantía, pudiendo conocer jueces municipales o del circuito, según el valor del bien que se pretende adquirir por prescripción.
Numeral 4: Proceso Divisorio
En los procesos divisorios, la cuantía se establece por el valor del avalúo catastral del bien objeto de división o venta si se trata de bienes inmuebles, y por el valor comercial si se trata de bienes muebles.
Numeral 5: Procesos de Sucesión
Para los procesos de sucesión, la cuantía se determina por el valor de los bienes relictos (activos de la herencia que se va a liquidar en el proceso), tomando como referencia el valor catastral.
Numeral 6: Restitución de Bien Inmueble Arrendado
La determinación de la cuantía en los procesos de restitución de bien inmueble arrendado sigue criterios similares a los establecidos en el CPC, considerando si el contrato de arrendamiento se celebró a término fijo o indefinido.
- Término Fijo: La cuantía se calcula multiplicando el valor actual de la renta por el término inicialmente fijado en el contrato.
- Término Indefinido: Se suma el valor de los últimos 12 cánones de arrendamiento anteriores a la presentación de la demanda.
- Cánones con Frutos del Bien: Si los cánones deben pagarse con los frutos del bien, la cuantía se fija por el valor de estos en los últimos 12 meses anteriores a la radicación de la demanda.
- Otros Procesos de Restitución de Tenencia: Para aquellos procesos de restitución de tenencia que no tienen su origen en un contrato de arrendamiento, sino en otros negocios que generan una relación de tenencia (como depósitos, comodatos o leasing), la cuantía respecto al valor de los bienes inmuebles es el valor catastral.
Numeral 7: Procesos de Servidumbre
En los procesos de servidumbre, la cuantía se determina por el valor catastral del predio sirviente, siguiendo la misma regla que en el CPC.
Deslinde y Amojonamiento: Problemas Limítrofes entre Predios Colindantes
El proceso de deslinde y amojonamiento tiene como objeto determinar los límites entre predios colindantes y hacerlos visibles, resolviendo así los problemas limítrofes.