Determinación de Pensión de Jubilación Ordinaria: Requisitos y Cálculo Detallado

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Resolución de Caso Práctico: Pensión de Jubilación Ordinaria

1. ¿Tiene D. Mariano derecho a la pensión de jubilación?

D. Mariano sí tiene derecho a la pensión de jubilación porque cumple con los siguientes requisitos:

  • Estaba en situación de alta el día del cese en el trabajo (24 de octubre de 2018).
  • D. Mariano también cumple con el requisito de edad exigido. Puesto que ha cotizado menos de 36 años y 6 meses (específicamente, 32 años, 6 meses y 18 días en la fecha del hecho causante), su edad ordinaria de jubilación en 2018 es de 65 años y 6 meses. Como el día 24 de octubre de 2018, D. Mariano tiene 65 años y 6 meses (nació el 20 de abril de 1953), cumple con el requisito de la edad.
  • Cumple sobradamente con el periodo de carencia genérica exigido, ya que ha cotizado mucho más de 5.475 días (más del doble de lo exigido). Igualmente, cumple el periodo de carencia específica exigido, ya que nos consta que, al menos, en los últimos 15 años ha cotizado 4 años y casi 8 meses.

2. Calcular la cuantía de la pensión de jubilación que le corresponde a D. Mariano García.

Base Reguladora

En 2018, la base reguladora de la pensión de jubilación se calcula dividiendo entre 294 la suma de las bases de cotización por contingencias comunes correspondientes a los 252 meses anteriores al mes previo al del hecho causante.

Por lo tanto:

BR = 390.000 € / 294 = 1.326,53 euros/mes.

Porcentaje Aplicable

Vamos a calcular el porcentaje que debemos aplicar a la base reguladora:

D. Mariano ha cotizado 32 años, 6 meses y 18 días.

Primero, pasamos el tiempo total de cotización a días:

  • 32 años x 365 días/año = 11.680 días
  • 6 meses x 30,41666 días/mes ≈ 182 días
  • 18 días = 18 días
  • Total de días cotizados = 11.680 + 182 + 18 = 11.880 días

Luego, convertimos el total de días a meses:

11.880 días / 30,41666 días/mes ≈ 390,57 meses (lo que equivale a 390 meses cotizados a efectos de cálculo).

Aplicamos los porcentajes según los meses cotizados:

  • Por los 180 primeros meses: 50 %
  • Por los 163 meses siguientes (0,21 % por cada mes adicional a partir del 180): 0,21 % x 163 = 34,23 %
  • Por los 47 meses restantes (0,19 % por cada mes adicional a partir del 343): 0,19 % x 47 = 8,93 %
  • Porcentaje Total Aplicable = 50 % + 34,23 % + 8,93 % = 93,16 %

Finalmente, calculamos la cuantía de la pensión de jubilación:

Cuantía de la pensión de jubilación = 1.326,53 €/mes x 93,16 % = 1.235,79 euros/mes.

3. Indicar la fecha de efectos económicos.

Como el trabajador ha solicitado la pensión de jubilación el 28 de noviembre de 2018, es decir, dentro de los 3 meses posteriores a la fecha del hecho causante*, la fecha de efectos económicos será el día 25 de octubre de 2018 (que es el día siguiente al del cese en el trabajo).

* Aclaración: Puesto que el trabajador ha accedido a la pensión de jubilación desde una situación de alta, para que la fecha de efectos económicos sea la del día siguiente a la del hecho causante, el trabajador tiene que solicitar la pensión de jubilación dentro de los tres meses posteriores al 24 de octubre de 2018. Este plazo finalizaría el día 24 de enero de 2019.

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