Determinando el Justo Medio: Ética, Justicia y Razón en Aristóteles y Tomás de Aquino
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Determinando el Justo Medio: Ética, Justicia y Razón
En cambio, en las virtudes que no son la justicia, el cálculo de
lo que hay que darse a sí mismo o a los demás no ha de ser hecho desde una cosa
externa al sujeto que actúa (como es la docencia) sino desde el mismo sujeto mismo y
desde sus necesidades personales, y a este ‘medio’ lo llamó medium rationis, para
diferenciarlo del medium rei por el que se mide la relación de justicia o jurídica.
Las diferencias entre ambos ‘medios’ las entenderemos mejor con un ejemplo: lo
que sería demasiado comer para Flacus, es poco o está bien para Crasus. En cambio, las
competencias (derechos y deberes) del profesor y de los alumnos no se determinan por
lo que necesiten personalmente unos u otros, sino por las exigencias objetivas de la
docencia: los alumnos pueden exigir al profesor que explique cosas interesantes de
acuerdo con la asignatura, que lo haga con claridad y precisión, etc. El profesor puede
exigir a los alumnos que asistan a clase (si ése es el caso), que guarden silencio, etc.
Como el profesor y sus alumnos se relacionan por medio de la docencia-discencia, unos
y otros pueden exigirse jurídicamente conductas determinadas por el vínculo que los
une, pero no pueden exigirse conductas externas a ese vínculo, como sería hacerse
favores personales. Ésta es quizá la razón última por la que el derecho tiende tanto a
cosificar las conductas humanas: el derecho civil (otra cosa es el derecho penal) no
considera tanto personas como cosas y sus exigencias, y mide lo que es debido
atendiendo a la relación que vincula al deudor y acreedor: no personaliza en la misma
medida que la moral o el derecho penal.
La afirmación de la capacidad humana para determinar de algún modo el medio
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objetivo suponía confiar en las posibilidades de la razón. Tomás, al tener formación
aristotélica, era moderadamente racionalista, y en esto coincidía con los juristas del Jus
Commune. En cambio, Juan Duns Scoto, a pesar de afirmar la posibilidad del estudio
formaliter de las realidad, negó que pudiera existir tal tipo de medio.
¿Cómo calcular el ‘justo medio’?
Aristóteles dejó expresado en su “Moral, a Nicómaco” que la virtud, es decir, la
vida humana adecuada a lo que el hombre es y necesita, consiste en saber actuar según
el ‘justo medio’ que requiere cada situación. Este medio no tiene nada que ver con la
mitad aritmética o geométrica. Los modernos, en su deseo de atacar a la filosofía
escolástica, usaron el término mediocritas para referirse a él: pero el justo medio
aristotélico se parece más al arte de llevar una empresa complicada económicamente, ya
que hay que saber actuar gastando no demasiado mucho, no demasiado poco. Es
cuestión de sensibilidad y delicadeza basada en buena medida en la experiencia.
Para un escolástico ‘metafísico’ del estilo de Luis de Molina, el ser humano
conocería directamente lo que está bien y mal: una intuición directa en la naturaleza de
cada cosa mostraría la regla correcta; pero ya sabemos que el de Aquino no cree
normalmente en tales intuiciones; existen a veces, como cuando captamos que un
asesinato es siempre malo; pero estos casos en los que se producen estas intuiciones tan
directas no son los normales.
De hecho, Tomás procede en sus explicaciones sobre la ética, las leyes y el
derecho como si no existiera una cultura filosófica consolidada sobre estos temas, como
si no existieran ciudades con sus ordenamientos jurídicos, como si los hombres apenas
supiéramos nada sobre la ley natural y las leyes humanas: la suya es una indagación que
parte desde un ignoramus inicial que tiende a diseñar una ética jurídica a veces
procedimental a la vista de los bienes humanos. Él únicamente comprueba, y señala
como ya existentes, dos datos: uno, que “La naturaleza no procede al modo del arte”,
porque no nos suministra reglas precisas sobre cada acción, sino que solamente “Nos
prepara algo así como unos principios”. El otro, que la razón humana participa positiva
y efectivamente de algún modo en algunas normas de la razón divina, por lo que el
hombre no se ve abandonado en todo momento a construir él por sí mismo un sistema
de reglas morales o de justicia.