Devengo de Impuestos en Servicios: Facturación, Obligaciones y Casos Especiales

Clasificado en Economía

Escrito el en español con un tamaño de 2,83 KB

Devengo del Impuesto en los Servicios

El impuesto se devenga cuando ocurre primero alguno de estos eventos:

  • Emisión de la factura o boleta.
  • La remuneración se percibe como pago, abono en cuenta o puesta a disposición del interesado.

Obligación de Documentos Tributarios

  • Boletas: al momento mismo en que la remuneración se percibe.
  • Facturas: en el mismo periodo tributario en que la remuneración se percibe.

Situaciones Específicas de Devengo del Impuesto

Consignación

La consignación es donde una persona contrae la obligación de vender mercancías de otra, llamada consignante, previa fijación de un precio que aquel debe entregar a este.

Con respecto a la entrega de mercancías en consignación que efectúe un vendedor a otro, no se devenga el impuesto mientras el consignatario no venda las especies.

Importaciones

El impuesto se devengará al consumarse legalmente la importación o tramitarse totalmente la importación condicional.

Tratándose de importaciones, el impuesto que proceda deberá ser pagado antes de retirar las especies del recinto aduanero.

Retiros

El impuesto se devengará al momento del retiro de las mercaderías, bienes corporales muebles e inmuebles, retiros para rifas y sorteos, distribución gratuita con fines de promoción o de propaganda efectuada por vendedores.

Intereses y Reajustes Pactados por Venta a Plazo o Servicios

El impuesto se devengará a medida que dichos intereses sean exigibles o percibidos. Estos son exigibles a su vencimiento.

Servicios Periódicos

Se devengará al término del periodo fijado para el pago, cuando se emite la boleta o factura, o cuando se paga la remuneración. (Ejemplos: servicios de mantención periódicos o servicios prestados por agencias de negocios).

Servicios Periódicos Domiciliarios

El impuesto se devengará al término del periodo fijado para el pago del valor del servicio (gas, electricidad, agua, teléfono, alcantarillado).

Operaciones sobre Bienes Corporales Inmuebles

Contratos de construcción, contrato de instalación, confección de especialidad, promesa de venta de bienes corporales inmuebles, venta de bien corporal inmueble. Se devengará el impuesto al momento de emitirse la factura.

La factura se emite:

  • Al momento en que se perciba el pago del precio del contrato.
  • Al momento en que se perciba parte del precio del contrato.
  • Cualquiera sea la oportunidad en que se efectúe dicho pago.

El devengo del impuesto es la fecha cuando un contribuyente adeuda dicho impuesto. El devengo del IVA no es lo mismo que su exigibilidad, ya que la exigibilidad del IVA, como regla general, es el 12 del mes siguiente al devengo.

Entradas relacionadas: