Diego Portales: Pilares del Orden y la Estabilidad en la República de Chile
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El Modelo Portaliano: Pilares del Orden y la Estabilidad en Chile
Diego Portales, nacido en Santiago, se inclinó al comercio en 1820, comenzando una sociedad. Tuvo relaciones mercantiles con el gobierno, adjudicándose el estanco del tabaco. Finalmente, su sociedad fue un fracaso y quebró. La quiebra de sus negocios lo impulsó a la política, llegando a ser Ministro y Vicepresidente de la República. Su carácter era firme y autoritario. Creó la Guardia Cívica y combatió en la Guerra contra la Confederación Perú-Boliviana.
Principios Fundamentales del Pensamiento Portaliano
1. Concepto de Orden
La clase dirigente, que poseía riquezas, estaba llamada a gobernar al país. El orden natural establecía quiénes estaban destinados a gobernar y quiénes a obedecer.
2. Autoritarismo
Portales creía en la necesidad de una autoridad fuerte con atribuciones constitucionales.
3. Impersonalidad y Probidad de los Cargos
Portales veía como un peligro para la estabilidad la corrupción y personalización de los cargos.
4. Necesidad de Control sobre el Ejército
El ejército se sublevaba y era uno de los factores de inestabilidad. Para solucionar esto, Portales sostuvo la depuración de las filas del ejército e incentivó a la ciudadanía a creer que el ejército era obediente al poder político, pues su función era dirimente en el mantenimiento del orden social.
5. Carácter Pedagógico del Estado
El Estado tenía un rol pedagógico, aplazando la democracia hasta que se tuviera cultura cívica. Portales creó las Guardias Cívicas, verdaderas escuelas de civismo.
6. Desconfianza hacia Estados Unidos y la Constitución de 1833
Diego Portales decía que debía haber igualdad para hablar entre naciones. Esta idea la plasmaron en la Constitución de 1833, que dio un orden con tendencia al presidencialismo. La Constitución le da la facultad al Parlamento con leyes periódicas. La soberanía reside en la nación. Se habla de garantías constitucionales como la igualdad ante la ley, ciertas libertades y el derecho a petición, la posibilidad de reelección presidencial por 5 años, y un colegio electoral compuesto por un Consejo de Estado. En el poder legislativo, los diputados eran elegidos por elección directa y los senadores por el colegio de electores. Otra garantía era que ni el Poder Legislativo ni el Ejecutivo podían intervenir en el Poder Judicial, aunque los jueces del Tribunal Supremo de Justicia eran nombrados por el presidente.