Comparativa de Impuestos Locales: IVTM vs. IAE
A continuación, se presenta una tabla comparativa detallada de las características esenciales del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) y el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), dos tributos fundamentales en la fiscalidad municipal española.
| CRITERIO | IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica) | IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) |
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TIPO DE IMPUESTO | - Impuesto real, directo y objetivo.
- Obligatorio en todos los municipios.
| - Impuesto real, directo y periódico.
- Obligatorio para municipios.
- Regulado por el TRLRHL y el RD 1175/1990 (Tarifas).
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HECHO IMPONIBLE | - Titularidad de vehículos aptos para circular por vías públicas.
| - Ejercicio de actividades económicas en territorio español:
- Empresariales (Sección 1ª)
- Profesionales (Sección 2ª)
- Artísticas (Sección 3ª)
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SUJETO PASIVO | - El titular del vehículo según el permiso de circulación.
| - Personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades económicas.
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NO SUJETOS | - Vehículos dados de baja por antigüedad.
- Remolques con carga útil ≤ 750 kg.
| - Actividades agrícolas, ganaderas dependientes, forestales y pesqueras.
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EXENCIONES | - Vehículos del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
- Vehículos de asistencia sanitaria o para personas con discapacidad.
- Autobuses de transporte público urbano.
- Tractores, remolques y maquinaria agrícola.
| - Personas físicas (autónomos).
- Empresas:
- Exentas los dos primeros años de actividad.
- Exentas si su cifra de negocio ≤ 1.000.000 € anuales.
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BONIFICACIONES / MODELOS | - Hasta el 75 % por vehículos ecológicos o eléctricos.
- Hasta el 100 % por vehículos históricos o con más de 25 años.
- 50 % obligatoria en Ceuta y Melilla.
| - Modelo 840: Alta, baja o modificación en el IAE.
- Modelo 848: Comunicación de la cifra de negocio anual.
- Modelo 036 / 037: Declaración censal (alta, modificación o baja).
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DEVENGO / PLAZOS DE PRESENTACIÓN | - Periodo impositivo: año natural.
- Devengo: 1 de enero o fecha de adquisición.
- Prorrateo por alta, baja o robo del vehículo.
| - Alta → dentro del mes siguiente al inicio de actividad.
- Fin de exención → diciembre del año anterior.
- Modificación o baja → dentro del mes siguiente al cambio.
- Modelo 848 → del 1 de enero al 14 de febrero.
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GESTIÓN | - Competencia municipal.
- Tráfico no tramita sin acreditar pago (Ley 36/2006).
- Puede gestionarse por autoliquidación.
| - Competencia municipal (cuotas y tarifas).
- Coordinación con la AEAT para modelos 840 y 848.
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