Diferencias entre Sociedades Civiles y Mercantiles: Tipos y Características

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1. Sociedad civil y mercantil: Tipos societarios

El principio diferenciador básico entre las sociedades mercantiles y las sociedades civiles es su objeto social, es decir, la mercantilidad por razón del objeto. No obstante, existe una excepción: las Sociedades Anónimas (SA) y las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL), las cuales son mercantiles en todos los casos, aludiendo al concepto de mercantilidad por razón de la forma.

La sociedad civil se fundamenta en los elementos que sirven para definir el concepto general de sociedad. La atribución de personalidad jurídica se deriva de la publicidad de su constitución y, dado que no realiza actividades mercantiles, no se encuentra sujeta al estatuto jurídico del empresario.

En cambio, las sociedades mercantiles son un contrato que vincula a varios socios y permite agrupar trabajo y capital para realizar una actividad y conseguir un fin común.

Dentro del ámbito general de las sociedades, debemos distinguir entre aquellas de estructura personalista y las de estructura capitalista.

Sociedades personalistas

  • Sociedad colectiva: Sus socios responden personal, solidaria e ilimitadamente de las deudas contraídas por la sociedad a consecuencia de la explotación de su actividad. Todos ellos tienen derecho a participar en la gestión y administración social.
  • Sociedad comanditaria simple: Al lado de los socios colectivos se sitúan los comanditarios. Estos solo soportan la obligación de realizar la aportación prometida, por lo que no responden en la forma propia de los socios colectivos y no tienen derecho a participar en la gestión ni administración social.

Sociedades capitalistas

  • Sociedades anónimas (SA): Tienen su capital dividido en acciones, el cual se integra por las aportaciones de los socios. Estos no responden personalmente de las deudas sociales.
  • Sociedades de responsabilidad limitada (SL): Su capital está dividido en participaciones. Sus socios tienen responsabilidad limitada frente a las deudas sociales.
  • Sociedades comanditarias por acciones: Su capital se encuentra íntegramente dividido en acciones, pero se caracteriza por la existencia de socios comanditarios y colectivos. Estos últimos tienen responsabilidad ilimitada.

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