Disposiciones Constitucionales sobre Deporte y Actividad Física a Nivel Global

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Portugal

Constitución del 2 de abril de 1976

Artículo 79: El Estado reconoce el derecho de los ciudadanos a la cultura física y el deporte, como medios de promoción humana, y le corresponde promover, estimular y orientar la práctica y difusión de estas.

Artículo 64:

  1. “Todos tendrán derecho a la protección de la salud y el deber de defenderla y promoverla.
  2. “Se hará efectivo el derecho a la protección de la salud por la creación de un servicio de sanidad universal..., así como por la promoción de la cultura física y deportiva, escolar y popular”.

Antigua URSS

Ley Fundamental del 7 de octubre de 1977

Artículo 41: “Los ciudadanos de la URSS tienen derecho al descanso. Este descanso se asegura estableciendo el fomento del deporte de masas, la educación física...”

Suiza

Constitución Federal Suiza del 29 de mayo de 1874

“La Confederación Suiza puede, por una ley, hacer obligatoria la enseñanza de la gimnasia y de los deportes en las escuelas”.

Grecia

Constitución Griega del 9 de junio de 1975

Artículo 16.9: “Los deportes quedan bajo la protección y la alta vigilancia del Estado. El Estado subvencionará y supervisará las uniones y asociaciones deportivas de toda clase en los términos que la ley disponga...”

Cuba

Constitución Cubana del 24 de febrero de 1976

Artículo 86: “El Estado socialista, como poder del pueblo, en servicio del propio pueblo, garantiza que no haya personas que no tengan acceso al estudio, la cultura y el deporte”.

China

Constitución China de 1975

Artículo 12: “La cultura, la educación, la literatura, el arte, el deporte, la sanidad pública y la investigación científica deben servir a la población proletaria, servir a los obreros, campesinos y soldados y combinarse con el trabajo de producción.”

El Deporte en la Constitución Española del 6 de diciembre de 1978

Disposiciones Clave

Artículo 43.3: “Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio”.

Artículo 148.1: “Las CC. AA. podrán asumir competencias en las siguientes materias:

  1. Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio”.

Las Leyes del Deporte de las Comunidades Autónomas

Principios Generales y Ámbitos de Actuación

  • Principios generales
  • Asociacionismo deportivo
  • Deportistas
  • Instalaciones deportivas
  • Formación deportiva
  • Justicia deportiva

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