1. Criterio de Intercomprensión | | Se considera lengua cuando las diferencias son tan grandes que los hablantes no se entienden entre sí (ej. español y francés: dixi / dije).
| | Se considera dialecto de una lengua cuando la modalidad no es tan distinta como para impedir la mutua inteligibilidad (ej. andaluz, murciano: caballo / cabayo).
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2. Criterio Fonético: Diferenciación Fonética y Fonológica | | Se considera lengua cuando los fonemas son distintos de aquellos de la lengua madre.
| | Se considera dialecto cuando solo se trata de sonidos distintos o articulaciones diferentes del mismo fonema.
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3. Criterio Gramatical: Diferenciación Gramatical | | Se considera lengua cuando posee una gramática estudiada y organizada (sintaxis, morfología).
| | Se considera dialecto cuando carece de estudios gramaticales formales sobre la modalidad hablada.
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4. Criterio Léxico: Diferencias de Vocabulario | | Se considera lengua cuando tiene un léxico rico y terminologías científicas o técnicas.
| | Se considera dialecto cuando su léxico es predominantemente rural, familiar, coloquial o vulgar.
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5. Criterio Gráfico: Tradición Escrita | | Se considera lengua cuando se habla y se escribe desde hace siglos en todos los niveles (documentos, literatura).
| | Se considera dialecto cuando solo se habla, o se escribe de forma limitada.
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6. Criterio Demográfico: Número de Hablantes | | Se considera lengua la que posee un gran número de hablantes (miles, millones).
| | Se considera dialecto el que posee pocos hablantes (cientos, pocos miles).
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7. Criterio Literario: Existencia de Literatura | | Se considera lengua la modalidad lingüística que tiene una literatura a lo largo de la historia (obras y autores reconocidos).
| | Se considera dialecto la modalidad que carece de literatura reconocida o tiene una producción literaria pobre.
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8. Criterio Normativo: Existencia de Estatutos | | Se considera lengua cuando tiene una variedad normativa estándar para el uso culto y técnico, y posee estatutos constitucionales.
| | Se considera dialecto cuando solo posee la variedad regional o local para todos los usos y carece de estatutos oficiales.
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9. Criterio Político: Independencia de Estado o Nación | | Se considera lengua la que goza de reconocimiento oficial por el gobierno de la comunidad o el Estado.
| | Se considera dialecto cuando no es reconocida oficialmente por las instituciones políticas y no se usa en las administraciones.
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10. Criterio Cultural: Uso Sociocultural | | Se considera lengua cuando tiene un uso arraigado en la cultura (actos públicos, arte, música).
| | Se considera dialecto cuando carece de empleo cultural en sus distintas manifestaciones.
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11. Criterio Psicológico (Psicolingüístico): Prestigio y Autoprestigio | | Se considera lengua cuando los hablantes la tienen en prestigio y otras lenguas la valoran como tal.
| | Se considera dialecto cuando los propios hablantes la tienen en desprestigio o se avergüenzan de ella.
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