Divorcio en el Código Civil: Vías, Causales y Efectos Legales

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Previamente, es fundamental aclarar la situación legal de los hijos menores de edad e incapaces en el proceso de divorcio.

Vías para Solicitar el Divorcio según el Código Civil

Los artículos 185 y 187 del Código Civil regulan las diferentes vías para solicitar el divorcio:

  • Por causales: Basado en motivos específicos establecidos por la ley.
  • Por conversión: Transformación de una sentencia de separación personal en divorcio.
  • Por mutuo consentimiento: Acuerdo entre ambos cónyuges.
  • Por la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges: Decisión unilateral.

Divorcio por Causales: Diferencias con la Separación de Cuerpos

Cuando el divorcio se solicita por causal, también puede pedirse la separación de cuerpos. Aunque la separación de cuerpos es una reglamentación anterior al divorcio, aún existe y tiene implicaciones distintas. Ambas figuras conllevan que la pareja deje de vivir en un mismo lugar; sin embargo, mientras el divorcio disuelve el vínculo matrimonial, la separación de cuerpos no lo hace, dejando abierta la posibilidad de una reconciliación sin necesidad de un nuevo matrimonio.

Causales de Divorcio Establecidas por la Ley

Las causales que pueden dar lugar a un proceso de divorcio son las siguientes:

  1. Por adulterio de cualquiera de los cónyuges.
  2. Por tentativa de cualquiera de los cónyuges contra la vida del otro.
  3. Por sevicias e injurias graves de uno hacia el otro.
  4. Por la propuesta de cualquiera de los cónyuges para prostituir al otro.
  5. Por el conato de cualquiera de los cónyuges para prostituir a sus hijos menores a su cargo o la connivencia en la prostitución de ellos.
  6. Cuando existan entre los cónyuges riñas y disputas continuas que hagan insoportable la convivencia.
  7. Por la condena de uno de los cónyuges a pena de prisión o penitenciaría por más de 10 años.
  8. Por el abandono del hogar de uno de los cónyuges por más de tres años.
  9. Por la separación de hecho por más de tres años.
  10. Por enfermedad mental permanente e irreversible de uno de los cónyuges.
  11. Por cambio de identidad de género de uno de los cónyuges.

Clasificación de los Tipos de Divorcio por Causales

Las causales de divorcio pueden agruparse en dos categorías principales:

Divorcio "Sanción"

Este tipo de divorcio se relaciona con las causales donde uno de los cónyuges es considerado culpable de la situación que lleva a la disolución del matrimonio. Incluye las causales 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8.

Divorcio "Remedio"

Representa la solución a una situación en la que ninguno de los cónyuges es culpable, pero que se resuelve con la disolución del vínculo matrimonial debido a circunstancias objetivas. Corresponde a las causales 6, 9 y 10.

Nota: En cuanto a la causal 11 (cambio de identidad de género), su clasificación dentro de estas categorías puede ser objeto de debate o requerir una consideración particular según la legislación específica.

Efectos Legales del Divorcio

El divorcio conlleva diversas consecuencias legales que afectan a los cónyuges, a los hijos y al patrimonio familiar:

Sobre la Persona de los Cónyuges

  • Disolución del vínculo matrimonial.
  • Posibilidad de contraer nuevo matrimonio.
  • Extinción del deber de fidelidad.
  • Ruptura del parentesco por afinidad.

Sobre la Persona de los Hijos

  • Establecimiento de la guarda y custodia de hijos menores de edad o incapaces, y régimen de visitas.
  • Mantenimiento del régimen sucesorio (derechos de herencia de los hijos).
  • Fijación de la pensión alimenticia para los hijos menores de edad o incapaces.

Sobre los Bienes

  • Disolución de la sociedad conyugal y liquidación de bienes.
  • Exclusión de derechos sucesorios entre los excónyuges.
  • En algunos casos, derecho a pensión compensatoria o alimenticia para uno de los excónyuges.

Divorcio por Conversión: Un Proceso Simplificado

Según el Artículo 185 del Código Civil, transcurridos tres años de una sentencia de separación personal, cualquiera de los cónyuges podrá solicitar la conversión de dicha sentencia en divorcio. Una vez solicitada, el juez deberá concederla de acuerdo con la ley procesal aplicable.

Se denomina "divorcio por conversión" porque transforma la sentencia de separación personal, a solicitud de cualquiera de las partes, en una sentencia de divorcio. En este proceso, no se requieren nuevas actuaciones probatorias, sino una ratificación de lo ya establecido y probado en el proceso de separación de cuerpos original.

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