Doctrina de la escuela científica y teoría de la hermenéutica
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Doctrina sustentada por la escuela científica
La doctrina sustentada por la escuela científica puede sintetizarse a través de dos principios básicos:
a) Las reglas de derecho y las instituciones jurídicas
Derivan de dos elementos generadores llamados fuente reales, que revisten uno un carácter experimental y el otro un carácter racional.
b) La influencia de las fuentes reales
Persiste aun bajo el imperio de la codificación más allá de los textos o en defecto de estos. Pues si las fuentes formales no existen sino en función de las fuentes reales se sigue que estas ejercen su acción aun en presencia de la principal fuente formal que es la ley o el código.
La escuela del derecho libre
Se trata de una tendencia inicialmente desarrollada en Alemania que procura la emancipación del juez respecto de la norma legal. En un movimiento de reacción contra la escuela clásica de dogmatismo legislativo.
Teoría de la hermenéutica
Se denomina teoría de la hermenéutica al conjunto de principios que debe tomar en cuenta el intérprete para una adecuada interpretación de la norma jurídica. Es de hacer notar que esos principios aluden a la ley por ser esta expresión principal del derecho pero lo que se dice respecto de la ley, en cierta medida para las restantes fuentes formales del derecho tales como la costumbre y la norma jurisprudencial emanada de tribunal de casación o sentada en tribunal plenario dentro del juego de los art.288.
El valor del resultado de la interpretación
Un lugar decisivo dentro de la teoría de la hermenéutica ocupa el valor de resultado de la interpretación como criterio de la misma interpretación. En suma el resultado de la interpretación es un elemento de la hermenéutica de enorme valor. No se trata desde luego de definir siempre la inteligencia de la norma por el mejor resultado que espera obtener de ella el intérprete pues en ocasiones esa finalidad no será compatible con la verdad de la norma. Sin duda no se podrá hacer cuestión por pretexto del buen resultado para impostar a la norma jurídica una significación que no consiente lo que sería una suerte de hipocresía jurídica que provocaría por la violación del derecho un mayor mal no compensado por el resultado esperado de esa falsía. Tampoco en derecho el fin justifica los medios.