Documentación para venta de inmueble y principios registrales

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 2,14 KB

Ud. es dueño de una inmobiliaria a donde concurre Diego Costa, quien le plantea que quiere poner en venta un inmueble que era de propiedad de sus padres, hoy fallecidos. Le manifiesta también que tiene dos hermanos más que comparten su criterio de vender el citado inmueble. Ud. es responsable de la transacción y por ello le consultan:

  1. ¿Qué documentación deben llevar a los fines de la realización del boleto y posterior escritura pública? Fundamente la respuesta.

  2. ¿Los hermanos Costa le consultan si es factible la inscripción del inmueble a vender directamente a nombre del futuro comprador? En caso afirmativo, explique qué principio registral resultaría aplicable y cuál sería el supuesto. Fundamente la respuesta.

  3. ¿Qué documentación le solicitaría a los fines de aplicar dicho principio? Fundamente su respuesta teniendo en cuenta que el titular registral ha fallecido y a Ud., como corredor inmobiliario, no le consta que quienes se presentan sean herederos del difunto.

Glosario

  • Función calificadora: Es la facultad y el deber que tiene el Registro de examinar los documentos que ingresan e inscribirlos en caso de que no presenten vicios; o caso contrario, observarlos e inscribirlos en forma provisoria.
  • Principio de especialidad: Es la determinación de los elementos de la relación jurídica (sujeto, objeto y causa).
  • Principio de inscripción: Consiste en el deber que se tiene de registrar en el Registro el documento que contiene el derecho, o posteriormente la mutación de las situaciones jurídicas que ya se encuentran registradas.
  • Principio de legalidad: Significa que todos los profesionales del derecho –escribanos, abogados, martilleros, corredores, las autoridades judiciales y administrativas, el propio registro y todos los que estén vinculados a la registración– deben actuar conforme a la ley.
  • Principio de rogación: Significa que el Registro no puede actuar de oficio, sino que siempre lo hace a petición de parte.

Entradas relacionadas: