Dolo e Imprudencia: Diferencias y Clases en el Código Penal
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Diferencias entre Dolo e Imprudencia en el Código Penal
El Dolo: Intención y Aceptación del Resultado
El dolo se caracteriza por la intención del sujeto de producir un resultado delictivo. Se distinguen tres modalidades:
- Dolo directo (se persigue): el sujeto actúa con la intención de producir el resultado. Persigue directamente el resultado como un fin.
- Dolo indirecto (se acepta): el sujeto se ha representado como segura la producción del resultado y, a pesar de que no constituya el propósito de su actuación y de que incluso pueda no desearla, la acepta sin reservas y actúa.
- Dolo eventual (se asume): el sujeto no dirige su conducta a la producción de un resultado ni sabe con certeza si este tendrá lugar, pero en todo caso actúa, asumiendo con ello las eventuales consecuencias que pudieran producirse.
El tratamiento que se dispensa a las tres modalidades es idéntico en el Código Penal (que no distingue entre formas de dolo).
La Imprudencia: Conducta Peligrosa y Previsibilidad
La imprudencia puede definirse como la realización de una conducta peligrosa que produce unas consecuencias típicas previsibles, y que podían haberse evitado si el sujeto se hubiera comportado de acuerdo con el deber de cuidado que le era exigible.
Elementos de la Imprudencia
1. La Previsibilidad del Resultado
La conducta solo crea un riesgo cuando es previsible que el resultado se produzca, lo cual supone excluir los resultados imprevisibles (los accidentales y fortuitos). En el dolo, para que exista, es necesario que el sujeto conozca todos los elementos del tipo, y entre ellos que se haya representado la posibilidad de producir el resultado típico; se trata, por tanto, de un conocimiento que necesariamente ha de existir para poder afirmar el dolo.
En la imprudencia no se produce esta previsión efectiva del resultado; a lo sumo, lo que puede ocurrir es una cierta consciencia de la peligrosidad general de la conducta, aunque por error el sujeto no llega a identificarla con un peligro real o concreto. Por tanto, lo que es imprescindible para que exista la imprudencia no es la efectiva previsión (propia del dolo), sino que el sujeto hubiera podido prever las consecuencias de su comportamiento, esto es, la previsibilidad potencial.
Esta cuestión sirve de base a una diferenciación entre dos clases de imprudencia:
- Imprudencia consciente: cuando el sujeto ha sido consciente de la peligrosidad abstracta de su conducta (la cual hace frontera con el dolo eventual).
- Imprudencia inconsciente: cuando el sujeto no ha llegado a darse cuenta de que su comportamiento podría desencadenar el resultado lesivo.
2. La Infracción del Deber de Cuidado
Se habla de vulneración del deber objetivo de cuidado. Faltará la tipicidad objetiva del delito de imprudente cuando el sujeto se haya comportado correctamente (respetando las normas de cuidado, diligencia o prudencia, esto es, dentro del riesgo permitido).
Clases de Imprudencia
- Imprudencia consciente (conocimiento real) e inconsciente (conocimiento potencial).
- Imprudencia grave (infracción de las normas de cuidado más elementales) y leve (infracción de normas de cuidado menos elementales).
- Imprudencia profesional: la norma de cuidado infringida es una norma de cuidado profesional. No confundir imprudencia profesional (falta de capacidad o preparación necesaria para el ejercicio de la profesión correspondiente) con la imprudencia del profesional (imprudencia común cometida por un profesional en el ejercicio de su actividad, esto es, una imprudencia debida a la infracción de normas de cuidado generales, no específicas de la profesión).
Artículo 12 del Código Penal
Artículo 12 CP: "Las acciones u omisiones imprudentes solo se castigarán cuando expresamente lo disponga la Ley".
No hay problema en admitir la compatibilidad entre imprudencia y comisión por omisión. Por ejemplo: "Comete un homicidio imprudente en comisión por omisión el dueño de un perro peligroso que omite adoptar las debidas medidas de control sobre este, de tal forma que el perro puede atacar y matar a un niño".