Dudas Razonables: Un Abogado Enfrenta a la Mafia en un Caso de Drogas

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 3,35 KB

dudas razonables, libro

Es precisamente esta última cualidad la que le ha hecho ganarse fama de abogado comprometido, capaz de dar la vuelta a casos que parecían dictados para sentencia y de enfrentarse a las fuerzas vivas del lugar a fin de demostrar la inocencia de un cliente. En Con los ojos cerrados aceptó llevar la acusación de un juicio de violencia doméstica pese a las poderosas amistades del encausado. Y ahora, en Dudas razonables, debería verse las caras con la mismísima Mafia para demostrar la inocencia de Fabio Paolicelli, quien ha sido detenido con cuarenta kilos de droga en el interior de su automóvil. Pero el crimen organizado no es en esta ocasión su principal enemigo.

Guido Guerrieri está dispuesto a averiguarlo...«.


leyes

Las leyes Pueden definirse como las prescripciones normativas generales y escritas emanadas del Congreso de la República, conforme a un procedimiento prefijado por la Constitución.Respecto a la «ley» como fuente de derecho este Colegiado ha precisado queCon relación a la fuente normativa denominada ley, en sentido material, deben tenerse presentes dos puntos. Atribución que descansa en los principios de soberanía política, consagrado en el artículo 45° de la Constitución, que establece que el Poder emana del pueblo, y en el principio representativo reconocido en el artículo 43° de la Constitución.[...]Están sujetas al procedimiento especial previsto en el artículo 206° de la Constitución. Ahora bien, no debe confundirse el tipo de ley, en este caso ordinaria, con su denominación. « La denominación forma parte del texto oficial de la Ley y corresponde al Congreso de la República asignársela, salvo en los casos de Decretos Legislativos y Decretos de Urgencia, en los cuales es el Poder Ejecutivo quien asigna la denominación». Por otro lado, y siempre dentro del tipo de ley ordinaria, nuestra Constitución establece algunos subtipos de la ley ordinaria, con especiales carácterísticas, pero que en esencia mantienen la condición de ley ordinaria porque su modo de producción es el establecido por la Constitución.

Entradas relacionadas: