Ejercicio, Tutela y Representación de Derechos: Aspectos Clave

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Ejercicio de los Derechos en General

La titularidad de un derecho otorga un poder de actuación, de modo que el titular podrá satisfacer sus intereses. El ejercicio de un derecho supone la realización efectiva de los poderes que comporta. Es libre y depende de la voluntad de su titular, pero existen límites que, si se extralimitan, conllevan un abuso de derecho.

Presupuestos del Ejercicio de los Derechos

Capacidad de Obrar

  • Capacidad prevista para actos en general.
  • Previsión de capacidades especiales.
  • Por ejemplo, para adoptar se requiere tener 25 años, mientras que para hacer un testamento basta con 14.

Legitimación

Aptitud para realizar eficazmente el concreto acto de ejercicio del derecho.

Clases:

  • Activa: capacidad para ejercitar ese derecho (coincide con el titular).
  • Pasiva: aquella persona frente a la que se ejercita el derecho.
  • Directa: aquella en la que se prevé el titular del derecho.
  • Indirecta: aquella persona que legitima el derecho sin ser el titular.

Tutela y Protección de los Derechos Subjetivos

Artículo 24 de la Constitución:

Atendiendo a cuál es la petición del actor ejercitante de la acción, estas acciones pueden ser:

  • Acciones declarativas: aquellas en las que se pide una declaración judicial de que se reconozca la existencia de un derecho, de una titularidad del derecho, o la inexistencia de cualquiera de ellas.
  • Acciones de condena o condenatorias: aquellas en las que lo que se pide al juez es que se le ordene al demandado que, por ejemplo, devuelva los 10.000 euros.
  • Acciones constitutivas: aquellas en las que lo que se pretende es una resolución judicial que cree, modifique o extinga un derecho (por ejemplo, de casada a divorciada).

Tutela extrajudicial: mecanismos alternativos de resolución de conflictos, como el arbitraje, la mediación y la conciliación.

Representación (I)

Concepto

Mecanismo jurídico a través del cual una persona (representante) actúa en lugar de otra y en interés de esa persona (representado), habiendo sido legitimado para ello por la ley o por esa concreta persona interesada, produciéndose efectos en el patrimonio.

Clases

  • Representación legal: tiene su origen en la ley.
  • Representación voluntaria: tiene su origen en la voluntad de las partes y especialmente la voluntad del representado:
    • Directa: el representante actúa en interés del representado y en nombre del representado.
    • Indirecta: el representante actúa en interés del representado, pero no en nombre del representado.

Presupuestos Generales

  • Actuación por cuenta e interés ajenos: siempre actúa en interés del representado, defendiendo este.
  • Actuación en nombre ajeno (contemplatio domini): el representante se debe presentar ante los terceros con los que quiera contratar como persona que actúa en nombre del representado.

Representación Voluntaria

Es el propio interesado quien otorga a otra persona la autorización o legitimación precisa para actuar en el marco de su esfera personal y/o patrimonial.

Representación Legal

El ordenamiento jurídico atribuye a determinadas personas la legitimación para actuar en nombre e interés de otra persona y ejercitar derechos de los que esa persona sea titular.

Representación Directa

El representante actúa por cuenta e interés del representado. Tiene especial relevancia el poder o apoderamiento otorgado al representante.

Representación Indirecta

El representante actúa por cuenta e interés del representado. El representado NO actúa en nombre del representado. Los efectos de la actuación llevada a cabo por el representante recaerán en la esfera jurídica del representante. Para que esos efectos recaigan en el patrimonio o esfera judicial del representado se necesita un nuevo acto.

Representación (II): Apoderamiento

Apoderamiento: acto por el que se otorga un poder de representación de una persona a favor de otra, concediéndole la facultad y legitimación para actuar en su nombre, y que explica el que los efectos de dicha actuación del representante recaigan en la esfera jurídica del representado. Surge de la ley o de la voluntad del poderdante.

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