Historia del Gobierno Provisional y la Constitución Española de 1931
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El Gobierno Provisional
El 14 de abril, el Comité Revolucionario se convierte en Gobierno Provisional. Estaban representados antiguos monárquicos, republicanos radicales, radicales socialistas, Acción Republicana, republicanos catalanes, republicanos gallegos y socialistas. Fuera de la coalición quedaban la derecha monárquica, los nacionalistas vascos y el obrerismo más radical. Este gobierno, presidido por Alcalá Zamora, tenía la tarea de construir un nuevo régimen político y democrático.
Acciones Iniciales del Gobierno Provisional
Sus dos primeras acciones fueron:
- Una serie de disposiciones de carácter reformista.
- La convocatoria de Cortes Constituyentes para dar al régimen un soporte político y jurídico.
Este Gobierno Provisional tuvo que enfrentarse a varios conflictos en los primeros meses: la quema de conventos de Andalucía y Madrid, así como abundantes protestas obreras protagonizadas por la CNT. El Gobierno Provisional convocó elecciones a Cortes Constituyentes para el día 28 de junio. En las Cortes se definía a España como "una república democrática de trabajadores de todas las clases". Una vez aprobada la constitución de las Cortes, eligieron presidentes de la república a Niceto Alcalá Zamora y se formó un gobierno presidido por Manuel Azaña.
Constitución de 1931
Las Cortes querían elaborar una constitución que respondiese a la nueva realidad política del país. Jiménez de Asúa se encargó de elaborar el texto, que fue aprobado el 9 de diciembre de 1931 por 368 votos a favor y ninguno en contra. Esta estaba desarrollada en 125 artículos. La Constitución agrupaba los siguientes principios:
- En el artículo 1º se defiende a España como "una república democrática de trabajadores de toda clase".
- El Título I, referido a la forma de estado, establece que un conjunto de provincias se constituyan como región autónoma.
Debate sobre los Estatutos
El debate sobre los estatutos fue uno de los más duros, entre otras razones. Los catalanes habían aprobado por ampliar un estatuto de autonomía, el Estatuto de Nuria; también los ayuntamientos vascos habían aprobado el Estatuto de Estella. En el tercero se declaraba la aconfesionalidad del estado, lo que despertó fuertes enfrentamientos, además de provocar la dimisión de Manuel Azaña.
Relaciones del Estado con la Iglesia
El artículo 26 regulaba las relaciones del estado con la iglesia; su debate señalaba la tensión que provocaba un texto constitucional que, por primera vez, declaraba al estado español como laico. En cuanto a los poderes:
- El legislativo corresponde en exclusiva a las Cortes, que constan de una sola cámara y son renovadas cada 4 años.
- El judicial es independiente.
- El ejecutivo, la Jefatura del Estado, corresponde al presidente de la república, elegido cada 6 años por los diputados y compromisarios.
Quedaban recogidos en el texto los derechos y deberes de los españoles. Se otorgó el derecho de voto a las mujeres, el sufragio universal para mayores de 23 años, estableciendo el matrimonio civil, el divorcio y declarando la igualdad de todos en el derecho a la educación y el derecho a la propiedad privada. Se recogen también las libertades de asociación política y sindical.
Transformaciones Simbólicas
Se modifican los colores de la bandera como símbolo del deseo de transformación a que aspiraban el Estado republicano. La constitución logró recoger muchas de las realidades políticas, sociales y jurídicas que habían surgido en Europa después de la Primera Guerra Mundial. Fue claramente progresista y permitía el desarrollo de un sistema político abierto a izquierdas y derechas. Sin embargo, fue rechazada por la Iglesia y por la derecha.