Elementos Clave del Ordenamiento Jurídico Español: Registros, Sociedades y Fuentes Normativas

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Registros Públicos y Seguridad Jurídica

El Registro Público tiene la finalidad de dar publicidad a distintos documentos, hechos, actos, contratos o resoluciones judiciales o administrativas. Los documentos inscritos en el registro gozan de seguridad jurídica.

Registro de la Propiedad

En él se inscribe y se da publicidad a la propiedad de los bienes inmuebles, así como a los derechos que recaen sobre estos. La inscripción es voluntaria, salvo en determinados casos en que es obligatoria.

Registro Mercantil

Proporciona seguridad al tráfico mercantil mediante la publicación de los datos jurídicos y económicos de las sociedades y demás personas o entidades inscritas.

Documentación para Constituir una Sociedad Mercantil

La documentación necesaria para constituir una sociedad mercantil incluye:

  • Certificación negativa de denominación social: Comprueba que no existe otra sociedad con el mismo nombre.
  • Número de Identificación Fiscal (NIF): Código único que se utiliza en las relaciones tributarias de la empresa.
  • Escritura pública de constitución: Otorgada por todos los socios, debe incluir, como mínimo, los datos identificativos del socio o socios.
  • Estatutos sociales: Documento que recoge las normas de funcionamiento de la empresa.
  • Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD): Se realiza en Hacienda mediante el modelo 600.
  • Inscripción en los registros correspondientes: Puede realizarse tanto presencial como telemáticamente.

Fuentes del Derecho

Fuentes Directas

Contienen normas que se pueden aplicar directamente:

  • Ley: Norma dictada por la autoridad competente, con las debidas formalidades, de carácter común, justa, estable y suficientemente promulgada.
  • Costumbre: Norma de conducta nacida de la reiterada y constante práctica social y considerada obligatoria por la comunidad. Se aplicará en defecto de ley aplicable.
  • Principios Generales del Derecho: Normas que sirven para interpretar el Derecho. Son aplicables en defecto de ley o costumbre. (Aquellas ideas y fundamentos que, sin estar escritos, constituyen la base del ordenamiento jurídico e inspiran la elaboración de leyes).

Fuentes Indirectas

No contienen la norma en sí, pero ayudan a interpretarla o aplicarla:

  • Jurisprudencia: Criterios manifestados reiteradamente por el Tribunal Supremo en sus sentencias al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
  • Tratados Internacionales: Acuerdos celebrados entre España y otro u otros Estados, u organismo u organismos internacionales. Una vez publicados oficialmente en España, forman parte del ordenamiento interno.

Tipos de Leyes Estatales

  • Leyes Orgánicas: Regulan materias de especial importancia (derechos fundamentales, Estatutos de Autonomía, régimen electoral general, etc.) y requieren mayoría absoluta del Congreso para su aprobación, modificación o derogación.
  • Leyes Ordinarias: Regulan el resto de materias no reservadas a Ley Orgánica. Requieren mayoría simple para su aprobación.
  • Reales Decretos-Leyes: Normas con rango de ley dictadas por el Gobierno en caso de extraordinaria y urgente necesidad. Deben ser convalidados o derogados por el Congreso en un plazo de 30 días.
  • Reales Decretos Legislativos: Normas con rango de ley dictadas por el Gobierno por delegación expresa de las Cortes Generales (mediante una ley de bases para formar textos articulados o una ley ordinaria para refundir textos legales).

Tipos de Reglamentos

Los Reglamentos son normas jurídicas de rango inferior a la ley, dictadas por la Administración Pública (Estatal, Autonómica o Local) en virtud de su potestad reglamentaria.

Reglamentos de la Administración Estatal

  1. Reales Decretos del Consejo de Ministros.
  2. Reales Decretos del Presidente del Gobierno.
  3. Órdenes de las Comisiones Delegadas del Gobierno.
  4. Órdenes Ministeriales.
  5. Circulares, instrucciones, etc., de autoridades inferiores.

Reglamentos de la Administración Autonómica

  1. Decretos (del Consejo de Gobierno o del Presidente autonómico).
  2. Órdenes (de los Consejeros).

Reglamentos de la Administración Local

  1. Reglamentos Orgánicos (de la entidad local).
  2. Ordenanzas Locales.
  3. Bandos (dictados por el Alcalde).

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