Elementos Esenciales del Delito de Apropiación Ilícita en Derecho Penal
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Apropiación Ilícita: Elementos y Conceptos Clave
Elementos del Tipo Objetivo
1. Bien Mueble
Constituyen el objeto material del delito de apropiación ilícita. Penalmente, el concepto de **bien mueble** no coincide con el concepto civil del mismo; se entiende como todo objeto del mundo exterior con **valor económico** que sea susceptible de **apoderamiento material** y de emplazamiento.
2. Entrega del Bien Mediante Título Obligatorio
Que el bien haya sido entregado mediante un **título** que produzca la obligación de entregar, devolver o hacer un uso determinado.
El agente en el delito de apropiación ilícita recibe lícitamente un bien mueble del sujeto pasivo, con la obligación de entregar o devolver, o de hacer un uso determinado. Esto ocurre, por ejemplo, cuando se recibe en **depósito**, es decir, cuando se entrega un bien a otro para que este lo custodie y lo restituya cuando le sea pedido por aquel de quien lo recibió o por otra persona con derecho para ello.
3. Apropiación Indebida
Este elemento constituye el requisito *sine qua non* del aspecto objetivo. El agente lo cumple cuando se **apropia**, haciéndolo suyo, de un bien mueble, una suma de dinero o un valor que posee legítimamente al habérsele entregado en **depósito, comisión, administración** u otro título semejante con la obligación de entregar, devolver o hacer un uso determinado. Al incluirlo en su patrimonio, se irroga el **derecho de propiedad indebidamente**, porque legalmente no le corresponde.
4. Provecho Propio o de un Tercero
El agente cumple con este elemento cuando se apropia con el propósito de lograr un **provecho económico indebido**, por lo que no es necesario que dicho provecho se materialice.
Aspectos Adicionales del Delito
5. Bien Jurídico Protegido
Por la ubicación sistemática del delito de apropiación ilícita en el Código Penal, el bien jurídico objeto de la tutela penal es el **Patrimonio**, entendido como el conjunto de bienes y derechos que posee toda persona.
6. Sujeto Activo
Puede ser cualquier persona que haya recibido un bien mueble, una suma de dinero o un valor en **depósito, comisión, administración** u otro título semejante que produzca la obligación de entregar, devolver o hacer un uso determinado.
7. Sujeto Pasivo
Puede ser cualquier persona que tenga la condición de **titular de los bienes muebles**.