Elementos Típicos y Subjetivos de los Delitos contra la Libertad Sexual y la Moral Pública

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Delitos Relativos a la Prostitución

Elementos Generales

El sujeto activo puede ser un hombre o una mujer. El sujeto pasivo puede ser hombre y mujer menor de 14 años, o mayores de 14 y menores de 18 años.

Promoción o Facilitación de la Prostitución de Menores

Se configura cuando el que promoviere o facilitare la prostitución de menores de edad para satisfacer los deseos de otro. Se considera agravante si concurre la habitualidad, el abuso de autoridad o de confianza, o el engaño.

Definiciones Clave

Prostitución
Es realizar actos sexuales a cambio de dinero. Es un delito de resultado.
Habitualidad
El sujeto activo ejecuta reiteradamente la actividad.
Abuso de Autoridad o Confianza
El hecho se aprovecha de forma abusiva de la autoridad o confianza depositada en el sujeto activo.
Engaño
Falsa representación de la realidad.

Obtención de Servicios Sexuales Mediante Precio

Se configura cuando el que, a cambio de dinero u otras prestaciones de cualquier naturaleza, obtuviere servicios sexuales por parte de personas mayores de 14 pero menores de 18, sin que medien las circunstancias de violación o estupro.

Elementos del Tipo Penal

  • Sujeto Activo: Puede ser cualquier persona (hombre o mujer).
  • Sujeto Pasivo: Cualquier menor de 18 años (hombre o mujer).
  • Elemento Subjetivo: Dolo directo.
  • Naturaleza del Delito: Mera actividad.
  • Tentativa: Es posible admitir el castigo de la tentativa, pero se excluye la figura del delito frustrado.

Tráfico de Personas para el Ejercicio de la Prostitución (Art. 411)

Se sanciona a el que promoviere o facilitare la entrada o salida del país de personas para que ejerzan la prostitución, ya sea a nivel nacional o en el extranjero.

Requisitos y Consumación

  • Elemento Subjetivo: Se requiere dolo directo.
  • Consumación: Para la perpetración del delito, no se requiere que la víctima haya llegado a prostituirse.

De los Ultrajes Públicos a las Buenas Costumbres

Se refiere a los que de cualquier modo ofendan el pudor o las buenas costumbres con hechos de grave escándalo o trascendencia. Se sanciona cualquier acto de índole sexual.

Bien Jurídico Protegido

El bien jurídico protegido es el pudor público, entendido como los sentimientos predominantes de la comunidad en relación con el ejercicio de la actividad sexual.

Naturaleza y Elemento Subjetivo

  • Naturaleza del Delito: Delito de resultado.
  • Elemento Subjetivo: Con dolo directo o eventual.

Pornografía

Se sanciona a el que vendiere, distribuyere, exhibiere, canciones, folletos, u otros escritos, impresos o no, figuras o estampas contrarios a las buenas costumbres.

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