La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) en Chile: Constitución, Responsabilidad y Administración

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EIRL: Ley 19.857

Persona jurídica, con patrimonio propio, siempre es comercial y está sometida al Código de Comercio.

Constitución

Tiene 3 requisitos:

1. Escritura Pública

Individualización del constituyente, nombre de la empresa, giro y "EIRL", monto del capital que se transfiere a la empresa, la actividad económica que constituirá el giro, el domicilio de ésta y el plazo de duración (si nada dice, indefinida).

2. Extracto de la Escritura Pública

La cual se inscribirá en el Registro de Comercio.

3. Publicación en el Diario Oficial

Dentro de 60 días.

Las modificaciones deben cumplir con las mismas formalidades y se anotan al margen de la inscripción.

Sanción por no Cumplir Formalidades

Nulidad absoluta.

Responsabilidad en la EIRL

La empresa responde solo por las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes. El titular responde ilimitadamente en ciertos casos:

1. Actos y Contratos Fuera del Giro

Efectuados fuera del giro de la empresa para pagar obligaciones que emanen de éstos.

2. Actos y Contratos sin Nombre o Representación

Ejecutados sin el nombre o representación de la empresa para cumplir obligaciones que emanen de éstos.

3. Simulación y Ocultación

Actos y contratos simulados por la empresa, ocultación de bienes o reconocimiento de deudas supuestas.

4. Rentas y Retiros Injustificados

Si el titular percibe rentas que no guarden relación con su giro o retiros que no corresponden a sus utilidades líquidas y realizables.

5. Delitos Concursales y Defraudaciones

Administración

Corresponde al titular de la empresa. El titular o su mandatario podrá designar un gerente general y tendrá las facultades que se expresen en la escritura pública, la cual se inscribirá en el Registro de Comercio y anotará al margen de la inscripción estatutaria.

Contratos Relacionados

Actos y contratos que el titular celebre con su patrimonio, por una parte, y con el patrimonio de la empresa, por otro. Deberá constar por escrito y protocolizarse ante notario, se anota al margen de la inscripción estatutaria, dentro de 60 días.

Transformación de Otras Sociedades a EIRL

Se debe reunir las acciones, derecho o participación en el capital en una sola persona y cumplir con los requisitos de constitución. En el caso de transformar una EIRL a otra sociedad, se deberán cumplir los requisitos de dicha sociedad.

Disolución

Puede pasar por voluntad del empresario, por término del plazo previsto, o por la muerte del titular. Cualquiera que sea la causa, deberá constar en escritura pública, inscribirse y publicarse.

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