Entendiendo el Capital Asegurado y la Prima en Seguros

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 4,37 KB

Suma Asegurada o Capital Asegurado

La suma asegurada, también conocida como capital asegurado, representa el valor que el tomador del seguro atribuye a los bienes asegurados o la cuantía por la que se asegura un interés específico.

Este valor constituye el límite máximo de la indemnización que la compañía aseguradora se compromete a pagar en caso de que ocurra un siniestro.

Es importante destacar que, cuanto mayor sea la suma asegurada establecida, más elevadas serán las primas que el tomador deberá abonar.

Situaciones en Seguros Contra Daños

En el contexto de los seguros contra daños, la relación entre el valor actual del interés asegurado y la suma asegurada puede derivar en tres escenarios distintos:

1. Seguro Pleno

Se produce un seguro pleno cuando existe una coincidencia exacta entre el valor del interés asegurado y la suma asegurada. Esta situación es la más deseable, ya que garantiza el resarcimiento completo del daño si se materializa el siniestro.

2. Infraseguro

El infraseguro ocurre cuando el valor real del interés asegurado es superior a la suma asegurada contratada. En caso de siniestro, la indemnización se calculará aplicando la ley de proporcionalidad, lo que significa que el asegurado podría no recibir la cobertura total del daño.

3. Sobreseguro

En el caso del sobreseguro, el valor del interés asegurado es inferior a la suma asegurada pactada. Esto implica que el tomador paga una prima excesivamente alta en relación con el valor real de lo asegurado, sin obtener un beneficio proporcional.

Las situaciones de infraseguro y sobreseguro suelen presentarse cuando el valor de los bienes asegurados ha experimentado variaciones desde la fecha de firma del contrato, y ni la suma asegurada ni las primas han sido actualizadas.

Es posible pactar que la suma asegurada cubra de forma plena el valor del interés durante toda la vigencia del contrato. La póliza debe especificar claramente los criterios y el procedimiento para ajustar la suma asegurada y la prima ante las fluctuaciones del valor del interés, conforme a lo estipulado en el artículo 29 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS).

Prima del Seguro

La prima es el precio del seguro, es decir, la cantidad de dinero que el tomador del seguro debe abonar a la compañía aseguradora.

Esta prima no solo debe cubrir el valor técnico del riesgo que se está asegurando (el cual depende de la probabilidad del suceso y de la suma asegurada), sino que también debe contemplar los gastos de gestión administrativa y el margen de beneficio de la entidad aseguradora.

Tipos de Prima

La prima puede ser de carácter fijo o variable.

Lo más común es que la prima sea fija. En la mayoría de los casos, la aseguradora exige su pago de forma anticipada, es decir, antes del inicio del periodo de cobertura, y sin tener certeza de si deberá hacer frente al pago de una indemnización. Únicamente las cooperativas de seguros, las mutuas y las mutualidades a prima variable tienen la facultad de cobrar derramas con posterioridad a la ocurrencia de los siniestros.

En cuanto a la frecuencia de pago, la prima puede ser única (abonada en un solo pago) o periódica (fraccionada en varios plazos).

En ocasiones, se puede requerir el pago de una sobreprima para poder contratar garantías adicionales que amplíen el alcance de la cobertura del seguro.

Siniestro

Un siniestro se define como cualquier hecho que ocasione un daño o perjuicio económico al asegurado.

Este daño puede manifestarse como el menoscabo, la destrucción, la pérdida o la desaparición del objeto que se encuentra asegurado. También puede tratarse de un acontecimiento específico que esté contemplado en el contrato, como la jubilación, la enfermedad o el fallecimiento del asegurado.

Si el siniestro está parcial o totalmente cubierto por las garantías estipuladas en la póliza, dará lugar al pago de la indemnización correspondiente por parte de la aseguradora.

Entradas relacionadas: