Entendiendo la Retribución Laboral: Salario, Estructura y Protección Legal

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La Retribución Laboral y su Marco Regulatorio

Política Retributiva

La fijación de salarios en cualquier empresa responde a una serie de factores internos y externos:

  • La valoración del puesto realizado.
  • La calidad, la especialización y la responsabilidad de la tarea realizada.
  • La fidelidad, la especialización y disponibilidad de los trabajadores.
  • Los resultados obtenidos por la empresa.

Concepto de Salario

Se considera salario a la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena. Estas percepciones retribuyen tanto el trabajo efectivo como los períodos de descanso computables como de trabajo.

Estructura del Salario y Principio de No Discriminación

Un componente fundamental es el salario base: es la parte de la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra. Es crucial asegurar la no discriminación por razones de sexo en la estructura salarial.

Liquidación y Pago del Salario

La liquidación y el pago del salario se realizarán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres.

Si su cobro se retrasa, el empresario está obligado a satisfacer un interés por mora del 10% sobre las cantidades adeudadas. Si los retrasos son continuados, el trabajador puede solicitar la extinción del contrato y exigir al empleador una indemnización equivalente a la del despido improcedente.

Protecciones Legales del Salario

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

El SMI es la cuantía retributiva mínima fijada por el Gobierno que un trabajador debe percibir por su jornada legal de trabajo, independientemente del tipo de contrato. No se puede pagar ningún salario por debajo de este importe para la jornada completa.

Fijación del SMI

El Gobierno fija el SMI anualmente, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, mediante Real Decreto. Para su determinación se consideran factores como:

  • El Índice de Precios al Consumo (IPC).
  • La productividad media nacional alcanzada.
  • El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.
  • La coyuntura económica general (incluyendo la evolución del PIB y la situación del mercado laboral).

El SMI se refiere a la retribución en dinero, sin incluir los complementos en especie, y generalmente se establece para 14 pagas anuales (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias) para una jornada completa.

Protección de Créditos Salariales (Privilegios del Crédito Salarial)

Los créditos por salarios gozan de ciertas preferencias para su cobro frente a otros créditos que pueda tener el empresario:

  • Superprivilegio: Los salarios correspondientes a los últimos 30 días de trabajo tienen preferencia absoluta sobre cualquier otro crédito, hasta una cuantía máxima del doble del SMI.
  • Privilegio Refaccionario Singular: Los salarios por los objetos elaborados por los trabajadores, mientras estén en poder o posesión del empresario, gozan de preferencia sobre otros créditos.
  • Privilegio General: Otros créditos salariales no protegidos por los anteriores tienen preferencia sobre los créditos comunes, con ciertos límites temporales y cuantitativos establecidos legalmente.

Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

El FOGASA es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social (o la denominación vigente), dotado de personalidad jurídica y capacidad de obrar.

Su finalidad principal es garantizar a los trabajadores la percepción de salarios, así como indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral, pendientes de pago a causa de insolvencia o procedimiento concursal del empresario.

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