Entidades Locales en España: Municipio, Provincia y Otras Agrupaciones
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Las Entidades Locales
Las entidades locales en España se clasifican en dos categorías principales: territoriales y otras entidades.
Entidades Locales Territoriales
- El municipio.
- La provincia.
- Las islas (en los archipiélagos balear y canario).
Otras Entidades Locales
- Entidades de ámbito territorial inferior al municipal.
- Comarcas u otras entidades que agrupan varios municipios.
- Áreas metropolitanas.
- Mancomunidades de municipios.
El Municipio
El municipio es la entidad local básica de la organización territorial del Estado. Posee personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Elementos del Municipio
- Término municipal.
- Población.
- Organización.
Organización Municipal
La organización municipal se rige por las siguientes reglas, distinguiendo entre órganos necesarios y complementarios:
Órganos necesarios:
- El Alcalde, los Tenientes de Alcalde y el Pleno.
- La Junta de Gobierno Local (en municipios con población superior a 5.000 habitantes o en aquellos en que así lo disponga su Reglamento Orgánico o lo acuerde el Pleno).
Órganos complementarios:
- Comisiones informativas (órganos que tienen por objeto el estudio, informe o consulta).
- La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones.
- La Comisión Especial de Cuentas.
Órganos municipales (enumeración):
- Alcalde.
- Tenientes de Alcalde.
- Concejales.
- Pleno.
- Junta de Gobierno.
- Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones.
- Comisión Especial de Cuentas.
Competencias de los Ayuntamientos
Las competencias varían según el tamaño de la población:
- Todos los municipios: alumbrado público, cementerio, recogida de residuos.
- Municipios con más de 5.000 habitantes: parque público, mercado.
- Municipios con más de 20.000 habitantes: protección civil, prestación de servicios sociales.
- Municipios con más de 50.000 habitantes: transporte colectivo urbano de viajeros y protección del medio ambiente.
Régimen Municipal Especial: El Concejo Abierto
El concejo abierto se aplica en:
- Municipios con menos de 100 habitantes.
- Aquellos que tradicionalmente cuenten con este régimen de gobierno y administración.
- Municipios donde su localización geográfica o la mejor gestión de los intereses municipales lo aconsejen.
La Provincia
La provincia es una entidad local determinada por la agrupación de municipios.
Fines de la Provincia
- Asegurar la prestación de servicios en la totalidad del territorio provincial.
- Coordinar la administración local con la autonómica y la estatal.
Organización Provincial
- Presidente.
- Vicepresidente.
- Diputados provinciales.
- Pleno.
- Junta de Gobierno.
Órganos Provinciales
- El Presidente de la Diputación.
- Los Vicepresidentes de la Diputación.
- El Pleno.
- La Junta de Gobierno.
Competencias
Las competencias propias de la Diputación son las que les atribuyen las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas.
Regímenes Provinciales Especiales
- Órganos Forales de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa.
- Comunidades Autónomas uniprovinciales y Comunidad Foral de Navarra.
- Cabildos Insulares Canarios y Mancomunidades Interinsulares.
- Consejos Insulares de las Islas Baleares.
Otras Entidades Locales
- Comarcas: Agrupación de municipios con características e intereses comunes que requieren una gestión propia.
- Áreas Metropolitanas: Integradas por los municipios de grandes aglomeraciones urbanas.
- Mancomunidades de Municipios: Asociación de municipios para la ejecución en común de obras y servicios determinados de su competencia.
- Entidades de ámbito territorial inferior al municipio: Se pueden crear para la administración de núcleos de población separados.