El Poder en España: Legislativo, Ejecutivo y Judicial

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1.7 El Poder Legislativo

Las Cortes Generales representan al pueblo español. Formadas por el Congreso y el Senado, aprueban presupuestos, controlan la acción del Gobierno y son inviolables. Los diputados y senadores son elegidos cada cuatro años por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto. Están protegidos por inviolabilidad (no pueden ser objeto de control ni represión por opiniones en sus discursos ante las Cortes) e inmunidad (no ser detenidos ni procesados sin previa autorización de la Cámara correspondiente).

Congreso de los Diputados

Cámara baja, compuesta por 350 diputados, con funciones legislativas, control del ejecutivo, presupuestos generales, reformar la Constitución, etc.

El Senado

Cámara alta de representación territorial. Se vota a la persona mediante sufragio universal: 4 o 3 senadores por provincia; además, las CCAA designan un senador y otro más por cada millón de habitantes.

Órganos dependientes de las Cortes

  • El Tribunal de Cuentas: Fiscaliza las cuentas del Estado.
  • El Defensor del Pueblo: Defiende las libertades y derechos de los ciudadanos frente a los abusos de la Administración Pública.

1.8 El Poder Ejecutivo

El Gobierno dirige la política interior y exterior. Compuesto por el presidente, los vicepresidentes y los ministros. Se forma con la investidura del presidente y cesa por la celebración de elecciones, pérdida de confianza parlamentaria (moción de confianza o censura), dimisión o muerte del presidente.

En ocasiones también aprueba decretos, reglamentos, etc.

1.9 El Poder Judicial

Los jueces y magistrados administran la justicia que emana del pueblo y en nombre del Rey. Tienen un principio de independencia, son inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.

Los tribunales están ordenados jerárquicamente: Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de las CCAA, Audiencias Provinciales, Juzgados de lo Contencioso, de Primera Instancia y Juzgados de Paz.

Consejo General del Poder Judicial

Es el órgano de autogobierno de los jueces. Nombra, asciende, inspecciona juzgados y tribunales, y establece el régimen disciplinario de los jueces y magistrados.

Ministerio Fiscal

Promueve la justicia en defensa de la legalidad, los derechos de los ciudadanos y el interés público. Está dirigido por el Fiscal General del Estado, que es nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno y oído el Consejo General del Poder Judicial.

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