España en el Siglo XIX: Conflictos Sociales y la Constitución de 1869

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Conflictividad Social y Transformaciones en la España del Siglo XIX

Durante este período, España experimentó una serie de hechos violentos atribuidos principalmente a grupúsculos clandestinos de tendencia anarquista. Un ejemplo notorio ocurrió en 1882, cuando una serie de acciones contra la propiedad y varios asesinatos en la comarca gaditana de Jerez fueron imputados a una organización denominada La Mano Negra. A pesar de que varios campesinos fueron condenados como culpables, nunca se demostró siquiera la existencia de dicha organización.

No obstante, la conflictividad social fue una constante, directamente proporcional al auge de los sectores productivos emergentes de la época. Estos incluyeron:

  • Minería: Destaca la Huelga en la Cuenca de Riotinto, que resultó en la trágica muerte de 20 mineros.
  • Industria: Marcada por eventos como la Huelga General de 1892.
  • Campo: Especialmente los levantamientos entre los braceros andaluces, como la Insurrección de Jerez de 1892.

Pilares de la Constitución Española de 1869

La Constitución de 1869 sentó las bases de un nuevo marco político y social en España. Sus principios fundamentales incluyeron:

  • Soberanía Nacional y Sufragio Universal: Proclamación de la soberanía nacional y, por ende, el establecimiento del sufragio universal masculino (para varones mayores de 25 años). El manifiesto de la Junta de Madrid ya lo anticipaba con el lema: “¡Viva la soberanía nacional!”.
  • Limitación del Poder Real: Restricción total de las atribuciones del monarca, tanto en el poder ejecutivo como en el legislativo, donde no tenía ninguna participación.
  • Poder Legislativo Bicameral: El poder legislativo recaía en las Cortes, organizadas en un sistema bicameral sin limitaciones en la elección de sus miembros.
  • Independencia Judicial: El poder judicial se depositaba en los tribunales. Para garantizar su independencia, se establecieron oposiciones para el acceso a la judicatura, eliminando así el nombramiento gubernamental de jueces.
  • Amplia Declaración de Derechos y Libertades: Una extensa y detallada enumeración de derechos y libertades, con especial énfasis en los derechos de reunión y asociación, que representaban novedades constitucionales. Se garantizaba la libertad e inviolabilidad del domicilio y la correspondencia, de circulación, de enseñanza, de industria, de expresión del pensamiento, de reunión y de asociación, entre otros.
  • Libertad de Cultos Religiosos: Se reconocía la libertad de cultos religiosos, aunque el Estado mantenía la obligación de sufragar los gastos del culto y el clero.

Tras la aprobación de esta Constitución, el general Serrano fue nombrado regente (España era entonces una monarquía sin rey) y Prim asumió la jefatura de gobierno. Posteriormente, se celebraron elecciones a Cortes, en las que el partido progresista obtuvo la mayoría.

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