Esquema del procedimiento ordinario de la lopna
Clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 5,17 KB
Diferencia entre excepciones
Procesales perentorias y materiales: Las perentorias cuando el demandado alega las excepciones entra su
Oposición en la falta de presupuesto o requisitos procesales en los que
Nuestros tribunales suelen defectuosa constitución de la relación jurídica
Procesal y tiende a conseguir una resolución en la que no se entra en el fondo
Del asunto. En las materiales el demandado tiende a la
Desestimación de la pretensión, refiere la oposición a su falta de
Justificación y correspondencia, con el derecho material es cuando no se
Protege el interés del demandante aspirando el demandado a una sentencia
Absolutoria.Las perentorias en la relación
Jurídico procesal no pueden asistir incapaces ya que tienen que ser asistidos o
Representados, si hubiere un incapaz este puede dar pie a la reposición de la
Causa. En las materiales si pueden hacerlo los
Incapaces. ¿Cuándo hay falta de cualidad? Cuando
No hay titular del derecho que se invoca, o cuando el demandado no es el que
Tiene el vínculo de la relación, es decir el demandado no tiene nada que ver
Con el derecho litigioso, no hay relación jurídica- material que me obligue
Jurisdiccionalmente a asumir esa conducta El problema de cualidad también puede
Darse en la parte demandante, y la falta de cualidad se propone antes de la
Contestación e la demanda Ej.: cuando la suegra demanda el divorcio de su hija. Diferencias
Entre Proceso y Procedimiento:
El proceso es el continente y
procedimiento es el contenido.El proceso como la globalización es la
Serie de actos mientras que el procedimiento son las reglas consecutivas que
Usted realiza para que se pueda llevar a cabo el proceso, por ejemplo: La
Introducción de la demanda, la contestación, las cuestiones previas son un acto
De procedimiento una regla de procedimiento van en un orden consecutivo son los
Procedimientos todo eso hasta de sentencia definitiva y ejecución de sentencia
Es lo que nosotros llamamos el proceso como tal. El proceso es todo, mientras
El procedimiento es lo particular, al proceso lo complementa el procedimiento, entonces
Procedimiento viene siendo un conjunto de reglas que circulan en forma
Consecutivas a objeto de la composición de un fin Diferencias
Entre el Procedimiento Civil Especial y el Procedimiento Civil Ordinario:
Todas las controversias que no tengan un procedimiento especial se van a
Tramitar a través de un procedimiento ordinario, sin embargo cuando se tramita
La ejecución de la hipoteca y la vía
Ejecutiva va a llegar un momento, por
Ejemplo, en los actos de remate, en que se va a paralizar el procedimiento
Especial hasta que el procedimiento
Ordinario que van paralelos culmine la vía ejecutiva. ¿Qué
Sucede cuando existen Tribunales de Distribución?: Las
Demandas se introducen primero en un tribunal de distribución caso san
Cristóbal, luego al ser recibidas, al día siguiente van los secretarios, de
Cada uno de los tribunales de municipio, y distribuyen cada una de esas
Demandas entre los tres tribunales de municipio, luego el demandante busca en
El libro de distribución el tribunal donde le asignaron la demanda, y se dirige
Al mismo, a objeto de que el tribunal se las admita o se las inadmita.Requisitos
Adicionales de la Demanda que no se encuentran establecidos en el Art. 340 CPC: La demanda debe
Presentarse por escrito.La estimación de la demanda (Cuantía).Momentos
U Oportunidades en las que Procede la Reforma de la Demanda: El
Demandante, propone su demandada donde ejercita la acción ante el Estado pidiéndole tutela judicial efectiva frente al demandado
A objeto de que le satisfaga un derecho o una obligación, sin embargo, el
Demandante observa que hay un error en la demanda presentada, en este caso, el
Demandante tiene tres (3) oportunidades para hacer la reforma de la demandaAntes
De que la Demanda sea Admitida: El
Demandante tiene la libertad en base al principio de impulso procesal y el
Artículo 206. C.P.C. Por cuanto no
Hay litispendencia, retirar su demanda del tribunal y si quiere la puede
Reformar, la puede cambiar, puede hacer una nueva demanda y la vuelve a
Introducir.Después de que la Demanda es Admitida: Después del auto de admisión, el demandante puede reformar la
Demanda cuantas veces quiera, siempre y cuando no se haya citado al demandado,
Una vez se ha citado, solo la puede reformar una vez.Antes de la
Contestación de la Demanda. El artículo 343.C.P.C.
Dice que el demandante podrá reformar la demanda, por una sola vez, antes que
El demandado haya dado la contestación a la demanda, pero en este caso se
Concederán al demandado otros veinte días para la contestación, sin necesidad
De nueva citación. Ojo. Se tienen
Que dejar transcurrir los 3 días que tiene el juez para decidir.