Estatus Jurídico y Ciudadanía en la Hispania Romana
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Estatus Jurídico en la Hispania Romanizada
Habitantes de Hispania tras la Romanización
Tras la romanización, la sociedad de Hispania se estructuró en diferentes categorías jurídicas:
- Ciudadanos (cives): Formaban parte del pueblo de Roma y contaban con la plenitud de derechos civiles y políticos. Poseían derechos fundamentales como:
- Ius sufragii: Derecho a voto.
- Ius honorum: Derecho a ejercer un cargo público en Roma.
- Ius connubii: Derecho a contraer matrimonio legítimo.
- Ius commercium: Derecho a comerciar y realizar transacciones legales.
- Ius actionis: Derecho a reclamar ante un tribunal.
- Latinos: Eran considerados "casi ciudadanos". Estaban sujetos al derecho romano en lo relativo a asuntos comerciales (ius commercium) y patrimoniales, pero no en lo civil ni en el ejercicio de derechos políticos plenos.
- Peregrinos: Todos aquellos habitantes de Hispania que eran extranjeros o no ciudadanos romanos ni latinos.
Concesiones de Ciudadanía y Latinidad
Los romanos buscaban que todos los habitantes de Hispania estuvieran sujetos al derecho romano, lo que implicaba, idealmente, que fueran ciudadanos. Para ello, se promulgaban concesiones, que permitían acceder a la ciudadanía o latinidad a un habitante o grupo de habitantes.
Concesiones Selectivas
Concedidas como recompensa específica a particulares o grupos reducidos:
- En el 171 a.C., Tito Livio concedió la latinidad a más de cuatro mil hombres nacidos de soldados romanos y mujeres hispanas, entre quienes no se había dado matrimonio romano.
- En el 89 a.C., Cneo Pompeyo convirtió en ciudadanos a un grupo de caballeros hispanos por su valor en combate.
Concesiones Generales
Otorgadas a grandes colectivos o a la totalidad de la población:
- En el 73-74 d.C., el emperador Vespasiano otorgó la latinidad a todos los habitantes de Hispania, de modo que ya no existía la categoría de peregrinos en la península.
- En el 212 d.C., el emperador Caracalla otorgó la ciudadanía a todos los súbditos libres del Imperio, excepto a los dediticios. Esta medida quedó reflejada en la Constitutio Antoniniana. Sin embargo, dado que Vespasiano ya había concedido la latinidad a toda Hispania y existían formas indirectas de acceder a la ciudadanía (minus latium y maius latium), la concesión de Caracalla solo benefició a aquellos que aún no habían logrado acceder a la ciudadanía romana.
Interpretaciones sobre los "Dediticios" en la Constitutio Antoniniana
El hecho de que a los dediticios no se les otorgara la ciudadanía dio lugar a diferentes interpretaciones sobre a quiénes se refería Caracalla con este término:
- Algunas teorías los asocian con los judíos o con los bárbaros.
- Otra teoría los vincula con los habitantes de las antiguas ciudades dediticias, aquellas que ofrecieron resistencia armada a Roma pero que pervivieron gracias a pagar un estipendio o tributo. Sin embargo, esta interpretación carece de sentido, ya que la conquista romana de Hispania finalizó en el 19 a.C., y la concesión de Caracalla se realizó 231 años después. Además, en el momento de la concesión, ya no existían ciudades dediticias, sino municipios romanos.
- Una tercera teoría defiende que con dediticios se hace referencia a los dediticios Aeliani (o Eliani); esclavos delincuentes manumitidos con libertad en virtud de la Lex Aelia Sentia. Esta ley les otorgaba la libertad, pero no el estatus de ciudadano, latino ni peregrino, dejándolos en una categoría inferior.
Formas Indirectas de Acceder a la Ciudadanía
Además de las concesiones directas, existían mecanismos indirectos para que los latinos pudieran obtener la ciudadanía romana. Para entenderlos, es fundamental conocer la organización política municipal de la época. En cualquier municipio, el órgano de gobierno estaba compuesto por un comicio, una curia municipal y seis magistrados (dos ediles, dos duunviros y dos cuestores).
- Minus Latium: Un habitante perteneciente al grupo de los latinos podía acceder a la ciudadanía si desempeñaba durante un año el cargo de magistrado. De este modo, tras cumplir un año en dicho cargo, él y toda su familia (ascendientes y descendientes) accederían a la ciudadanía romana.
- Maius Latium: Un habitante perteneciente al grupo de los latinos podía acceder a la ciudadanía si desempeñaba durante un año el cargo de curial (miembro de la curia municipal). De este modo, tras cumplir un año en el cargo, él y toda su familia (ascendientes y descendientes) accederían a la ciudadanía romana.