Estrategias de Atención a la Diversidad en Educación
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Medidas de Atención a la Diversidad Educativa
Adaptaciones Curriculares Significativas
Supone la máxima concreción curricular, ya que implica una adecuación del currículo a un alumno concreto.
Se dirige al alumnado que presenta necesidades educativas que por su permanencia, origen o naturaleza requieren la modificación sustancial de objetivos, contenidos y criterios de evaluación del currículo ordinario (eliminación, introducción o modificación).
Se requiere una evaluación psicopedagógica previa que realizan los servicios especializados de orientación e implica un seguimiento continuo para ir acercando cada vez más al alumno al currículo oficial.
Los centros cuentan con personal de apoyo: profesorado con la especialidad de Educación Especial, Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje, profesorado de Educación Compensatoria, etc., para reforzar el trabajo del resto de los docentes con este alumnado.
Aulas de Acogida Orientadas al Desarrollo de la Competencia Lingüística
Medida que se lleva a cabo en aquellos centros que presenten un número significativo de alumnado inmigrante con un desconocimiento de la competencia lingüística del español que dificulta el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
Aulas de Educación Especial en Centros Ordinarios
Son programas grupales adaptados que se realizan en un aula específica dentro de un centro ordinario.
Se destina al alumnado que presenta discapacidades severas (físicas, psíquicas o sensoriales), o bien con graves trastornos de la personalidad o de la conducta que necesitan adaptaciones muy significativas.
Se requiere un dictamen de escolarización que considere que estos alumnos deben permanecer todo o gran parte del horario escolar en un aula especializada, pero que pueden compartir parte de las actividades del centro para favorecer su adaptación e integración social.
Escolarización en Centros de Educación Especial
Medida destinada al alumnado que, debido a importantes discapacidades (físicas, psíquicas, sensoriales), o por manifestar graves trastornos de la personalidad o de la conducta, posee un nivel mínimo de adaptación e integración social en un centro ordinario.
Requieren, por tanto, adaptaciones muy significativas en las áreas del currículo oficial que les corresponde por su edad.
Esta medida solo se lleva a cabo cuando las necesidades del alumnado no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios.
Escolarización Combinada
Medida que se caracteriza por el desarrollo compartido del proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado con necesidades educativas especiales, entre los profesionales de dos centros educativos.
La decisión de escolarización combinada se toma para ofrecer una respuesta educativa adecuada y de calidad, en beneficio del desarrollo de las distintas habilidades adaptativas y en función de su problemática específica.
Pueden establecerse fórmulas de escolarización combinada entre centros ordinarios y de Educación Especial. En estos casos, el alumno está matriculado en uno de los centros, que es su centro de referencia, y asiste de forma parcial al otro.