Estructura y Componentes del Salario: Base, Complementos y Percepciones No Salariales

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 4,03 KB

El Salario y la Estructura Retributiva

Definición de Salario

El Salario es la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena. Estas percepciones retribuyen tanto el trabajo efectivo como los períodos de descanso computables como tiempo de trabajo.

El salario se fija mediante acuerdo y según lo dispuesto en las retribuciones establecidas en el convenio colectivo aplicable, no pudiendo ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Modalidades de Percepción Salarial

El salario puede ser:

  • En Especie: Consiste en bienes distintos del dinero. Su valor no podrá sobrepasar el 30% del importe total del salario.
  • En Dinero: Se abona en moneda de curso legal.

Regulación del Pago Salarial

  • El salario debe pagarse en la fecha convenida, sin que el tiempo transcurrido entre pagos pueda exceder de un mes.
  • El trabajador tiene derecho a percibir anticipos a cuenta del trabajo ya realizado.
  • El pago del salario se puede efectuar en moneda de curso legal, cheque o mediante transferencia bancaria.
  • El empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor, sin que pueda producirse discriminación entre los trabajadores.

Salario Base

El Salario Base es la retribución del trabajador fijada por unidad de tiempo o de obra. Se establece mediante convenio colectivo o contrato de trabajo, y es distinto para cada categoría profesional.

Complementos Salariales

Son cantidades que deben sumarse al salario base en función de diversas circunstancias. Se fijan mediante convenio colectivo o contrato de trabajo.

Tipos de Complementos

  • Antigüedad
  • Nocturnidad
  • Toxicidad o Peligrosidad
  • Productividad
  • Títulos, idiomas, etc.
  • Horas Extraordinarias

Pagas Extraordinarias

El trabajador tiene derecho al menos a dos pagas extras al año. Su importe se fija mediante convenio colectivo. Una se paga en Navidad y la otra en la fecha pactada. Su importe total podrá ser prorrateado mensualmente.

Percepciones No Salariales

Son retribuciones que percibe el trabajador como compensación de gastos ocasionados en el desempeño de sus funciones o como indemnizaciones. Solo cotizan a la Seguridad Social cuando exceden los límites legalmente establecidos y deben figurar obligatoriamente en el recibo de salarios.

Clasificación de Percepciones No Salariales

  • Indemnizaciones o Suplidos: Cantidades abonadas por el empresario con el objeto de compensar los gastos realizados por los trabajadores en el desempeño de sus funciones.
  • Prestaciones e Indemnizaciones de la Seguridad Social: Cantidades abonadas por el empresario en forma de pago delegado o directamente por el INSS, cuyo objeto es resarcir económicamente al trabajador de una situación de inactividad laboral no imputable a él.
  • Indemnizaciones por Traslados, Suspensiones o Despidos: Cantidades percibidas por el trabajador para compensar el desplazamiento de su residencia a otra población, la suspensión del contrato de trabajo, la modificación sustancial de las condiciones de trabajo o un despido.
  • Otras Percepciones No Salariales: Aquellas cantidades abonadas por el empresario con la finalidad de mejorar la acción protectora de la Seguridad Social, o la entrega de productos en especie concedidos voluntariamente por la empresa.

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

El SMI es la retribución mínima que puede cobrar un trabajador en cualquier sector, por una jornada de trabajo normal. Se fija anualmente por el Gobierno previa consulta a los interlocutores sociales, teniendo en cuenta [factores económicos y sociales].

Entradas relacionadas: