Estructura del Sector Deportivo

Clasificado en Economía

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SECTOR: conjunto de empresas y/o instituciones que conforman una misma actividad económica, en este caso el deporte. SECTOR PÚBLICO: indicamos al conjunto de organismos administrativos mediante los cuales el Estado  cumple, o hace cumplir la política o voluntad expresada en las leyes fundamentales del País. Esta clasificación incluye dentro del sector público: El Poder Legislativo  y organismos públicos autónomos, instituciones, empresas y personas que realizan alguna actividad económica en nombre del Estado y que se encuentran representadas por el mismo, es decir, que abarca todas aquellas actividades que el Estado (Administración local y central) poseen o controlan.

NORMATIVA ESTATAL.
1. La Constitución Española de 27 de diciembre de 1978. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio.

2. La Ley 10/1990 de 15 de octubre del Deporte.
El deporte, en sus múltiples y muy variadas manifestaciones, se ha convertido en nuestro tiempo en una de las actividades sociales con mayor arraigo y capacidad de movilización y convocatoria.
El deporte se constituye como un elemento fundamental del sistema educativo y su práctica es importante en el mantenimiento de la salud y, por tanto, es un factor corrector de desequilibrios sociales que contribuye al desarrollo de la igualdad entre los ciudadanos, crea hábitos favorecedores de la inserción social y, asimismo, su práctica en equipo fomenta la solidaridad. Todo esto conforma el deporte como elemento determinante de la calidad de vida y la utilización activa y participativa del tiempo de ocio en la sociedad contemporánea.
NORMATIVA AUTONÓMICA.
1. Los Estatutos de Autonomía.
2. La Ley del Deporte en la Comunidad Andaluza.
NORMATIVA LOCAL.
Ley de Regulación de Bases de Régimen Local.
Normativa de la Diputación y el Ayuntamiento.
El deporte escolar y de base.

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El Consejo Superior de Deportes: es un organismo Autónomo de carácter administrativo adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia, a través del cual se ejerce la actuación de la Administración del Estado en el ámbito del deporte.

Departamento Deportivo Autonómico
Las comunidades Autónomas tienen amplias competencias en materia de deporte, consecuencia del carácter exclusivo que les otorgan los Estatutos de Autonomía, lo que hace ocioso realizar un listado de sus distintas funciones. No obstante, pueden citarse como las principales las que se enumeran a continuación:
Fomento y desarrollo del deporte en sus distintos niveles
Ordenación del Deporte
Gestión de los servicios deportivos propios
Reconocimiento y tutela de las federaciones y entidades deportivas.
Financiación de las federaciones y entidades deportivas
Organización de competiciones territoriales
Construcción de instalaciones deportivas
Ejercicio de las funciones de inspección y sanción
Establecimiento de las titulaciones deportivas
Promoción de la investigación deportiva.

Servicios de Entidades Locales: El Decreto de 17 de Junio de 1955, aprueba el reglamento de servicios de las corporaciones locales que dice que son " Servicios públicos locales cuantos tienden a la consecución de los fines señalados como de la competencia de las entidades locales" que podrán gestionarse de forma directa o indirecta, salvo los que impliquen ejercicio de autoridad, que obligatoriamente tendrán que prestarse directamente.
El Consorcio; Las corporaciones locales pueden constituir consorcios, que gozarán de personalidad jurídica propia, con otras Administraciones Públicas para fines de interés común o con entidades privadas sin ánimo de lucro que persigan fines de interés público concurrentes con los de las Administraciones públicas.
Gestión directa de los Servicios; Se entenderá por esta la que para prestar los servicios de su competencia realicen las corporaciones locales por si mismas o median organismo exclusivamente dependiente de ellas. Las formas de gestión directa son:
Concesión, Gestión Interesada, Concierto, Arrendamiento, Sociedad Mercantil y cooperativas legalmente constituidas, cuyo capital social sólo parcialmente pertenezca a la entidad local.
Normativa básica en la gestión de los servicios locales de deportes; La normativa más importante es: Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en haciendas locales. Ley 8/1989, de 13 de Abril, de Tasas y precios públicos. Real Decreto 1372/1986, de 13 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de Entidades locales.

. Servicios de las Universidades: La Ley Orgánica 11/1983 de Reforma Universitaria, confirmando la misma tendencia, dotó a las universidades, en el marco del artículo 27.10 de la Constitución, por el que se estable la autonomía de las universidades, de plena capacidad para el desarrollo, entre oras competencias, de la política deportiva que quieran realizar en sus propias dependencias.
Según la normativa, a las propias Universidades, a través de las "estructuras organizativas" que consideren adecuadas, les corresponde la promoción de la actividad física y deportiva dentro de su propia comunidad.
En segundo lugar, el Decreto atribuye a las Comunidades Autónomas "las tareas de coordinación de las actividades deportivas que se realicen en la Universidad ubicadas en su territorio".
El Consejo de Universidades, al ser el máximo órgano del escalafón académico, tiene un papel fundamental en la ordenación, coordinación y planificación de la actuación universitaria.
Y finalmente hay que mencionar al Comité Español del Deporte Universitario (CEDU), que, creado en 1988 como órgano colaborador del Consejo Superior de Deportes, cuenta con la participación de todas las instituciones anteriores y realiza una labor de coordinación de la actividad competitiva universitaria y de asesoramiento del propio Consejo. Este organismo ha cubierto el vacío dejado a mediados de los años ochenta por la desaparición de la FEDU.
Las Instituciones responsables del deporte universitario son:

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