Estructura del Estado Español: División de Poderes y Cortes Generales

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La Separación de Poderes del Estado en España

España se define como un Estado social y democrático de derecho. Sus características fundamentales incluyen la residencia de la soberanía en el pueblo, la división de poderes, el principio de legalidad y el reconocimiento de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Los Tres Poderes del Estado

  • Poder Legislativo: Se encarga de la elaboración y votación de leyes. Sus miembros son elegidos mediante el voto libre y secreto de todos los ciudadanos.
  • Poder Ejecutivo: Atribuido al Gobierno, donde el Presidente ocupa una posición fundamental. En España, el Presidente del Gobierno no se corresponde con el Jefe del Estado.
  • Poder Judicial: Reside en los juzgados y tribunales. La Constitución Española (CE) señala que la justicia emana del pueblo.

El Poder Legislativo: Las Cortes Generales

Generalidades

La potestad legislativa se regula en el Título III de la Constitución Española y en las propias reglas de funcionamiento de las Cortes Generales. El sistema parlamentario español es bicameral y está formado por el Congreso de Diputados y el Senado.

Las Cortes Generales representan la forma en que los ciudadanos participan en la vida política, ya que son ellos quienes eligen a sus representantes. Son elegibles todos los españoles mayores de edad, con las siguientes excepciones:

  • Los miembros de la Familia Real.
  • Los componentes del Tribunal Constitucional.
  • Los altos cargos de la Administración del Estado que determine la ley, a excepción de los miembros del Gobierno.
  • El Fiscal General del Estado.

Inviolabilidad e Inmunidad Parlamentaria

Las Cortes Generales son un órgano inviolable. Los parlamentarios no pueden ser objeto de control, represión o enjuiciamiento por las opiniones expresadas en el ejercicio de sus funciones. Durante su mandato, los parlamentarios gozan del privilegio de inmunidad. Solo podrán ser detenidos en caso de delito flagrante y no podrán ser procesados ni inculpados sin la autorización previa de su respectiva cámara, requerida mediante suplicatorio de un juez.

Composición de las Cortes Generales

Las Cortes Generales están formadas por el Congreso de Diputados y el Senado. Ninguna persona puede ser miembro de ambas cámaras simultáneamente, ni tampoco ostentar un acta de una Asamblea de Comunidad Autónoma. Su mandato es de cuatro años.

El Congreso de los Diputados

El Congreso prevalece sobre el Senado, ya que, además de elaborar leyes, tiene otras funciones de mayor peso político.

  • Composición: Se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 diputados. Actualmente, son 350.
  • Elección: Se eligen por sufragio universal, libre, directo, igual y secreto. A cada provincia le corresponde un mínimo de dos diputados, excepto a Ceuta y Melilla, que están representadas por uno.
  • Ley D'Hondt: Para la distribución de los escaños del Congreso, se utiliza la Ley D'Hondt, un sistema proporcional ideado por el jurista y matemático del mismo nombre, que pretende un reparto estricto de los escaños.

El Senado

El Senado es la cámara de representación territorial del Estado.

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