Estructura y Evolución de la Constitución Nacional de Paraguay

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La Constitución Nacional de Paraguay: Fundamentos y Estructura

La Constitución es la ley fundamental; es una norma de carácter estructural que permite organizar a un Estado, siendo la base que orienta su gobernación. La Constitución Nacional de Paraguay es la ley fundamental del país, sancionada y promulgada el 20 de junio de 1992 en la ciudad de Asunción. Cuenta con un preámbulo y dos partes: la primera dedicada a las declaraciones fundamentales, derechos, deberes y garantías; y la segunda dedicada al ordenamiento político de la República.

División de Poderes y Derechos Ciudadanos

La Constitución establece la división de poderes en tres ramas, entre las que se encuentran el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial, con el fin de asegurar un equilibrio y evitar la concentración excesiva de poder en una sola entidad. También garantiza los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Evolución Histórica y Marco Normativo

La Constitución es la que pone las "reglas del juego" en la sociedad; se construyen las leyes normativas de un país de acuerdo a ella. Paraguay ha tenido varias constituciones a lo largo de su historia:

  • La primera fue promulgada en 1813.
  • La de 1870, que estableció un sistema presidencialista.
  • La de 1992, que introdujo reformas para establecer la democracia y los derechos individuales.

Las constituciones estudiadas del Paraguay son las de 1870, 1940, 1967 y 1992.

Composición de la Carta Magna de 1992

La Constitución de 1992 se compone de 290 artículos, a los cuales se les adicionan 20 disposiciones finales y transitorias. Se divide en dos partes principales:

  • Parte Dogmática: Trata sobre las declaraciones fundamentales de los derechos, los deberes y las garantías.
  • Parte Orgánica: Se refiere al ordenamiento político de la República.

Referencias al Ordenamiento Internacional

La Constitución señala que el Paraguay acepta el derecho internacional y se ajusta, en sus relaciones internacionales, a los siguientes principios:

  • La independencia nacional.
  • La autodeterminación de los pueblos.
  • La igualdad jurídica entre los Estados.
  • La solidaridad y la cooperación internacional.
  • La condena a toda forma de dictadura.
  • La no intervención.
  • La protección internacional de los Derechos Humanos.

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