Estructura y Evolución de los Señoríos en la Edad Media Española

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El Concepto de Señorío: Dominio y Control Campesino

El término "Señorío" designa el sistema de dominio de la tierra y control de los campesinos que la trabajaban, un sistema que se originó durante la Edad Media, en el contexto del Feudalismo.

Orígenes del Sistema Señorial

En los inicios de la Edad Media, la sociedad se estructuraba fundamentalmente en relaciones de dependencia entre los diversos grupos sociales. La generalización de estas relaciones de dependencia entre los campesinos y un grupo social privilegiado, compuesto por laicos (la nobleza) y eclesiásticos (el clero), condujo al nacimiento de los señoríos.

Tipologías de Señoríos

La clasificación de los señoríos se puede realizar atendiendo a dos criterios principales:

Clasificación según el Titular del Dominio

  • Señoríos Nobiliarios: Estaban en manos de la nobleza. Inicialmente eran donaciones reales de carácter vitalicio, pero a lo largo de la Edad Media se consolidaron como hereditarios.
  • Señoríos Eclesiásticos: Pertenecían al clero. Además de las tierras cedidas por el rey, el clero incrementaba su poder a través de donaciones realizadas por particulares.

Clasificación según las Funciones Ejercidas

Según las facultades que ejercía su titular, se distinguen dos tipos fundamentales, pudiendo una misma persona ostentar ambos:

  • Señorío Territorial: Los señores ejercían control directo sobre una extensión de tierras, las cuales dividían para su explotación productiva.
  • Señorío Jurisdiccional: Los señores tenían la potestad de administrar justicia sobre los campesinos residentes en el territorio del señorío.

Mecanismos de Perpetuación: El Mayorazgo

Los señoríos lograron perpetuarse a través de la figura jurídica del mayorazgo. Este mecanismo establecía que el varón primogénito heredaba la propiedad, la cual quedaba vinculada a su persona, impidiendo su división o venta.

El Desmantelamiento de los Señoríos

El proceso de supresión del sistema señorial fue gradual y estuvo marcado por tensiones políticas:

Primeros Pasos y Restauración

Con las Cortes de Cádiz (1811) se decretó la abolición de los derechos feudales, lo que implicó la supresión de los señoríos jurisdiccionales, aunque los señoríos territoriales se mantuvieron inicialmente.

No obstante, tras la Guerra de la Independencia, en 1814, el rey Fernando VII restauró la jurisdicción señorial y los privilegios asociados.

Consumación de la Reforma Liberal

Posteriormente, entre 1836 y 1837, bajo el reinado de Isabel II, se decretó la supresión definitiva de señoríos y mayorazgos. El desmantelamiento final del sistema se produjo en el marco del régimen liberal (iniciado con Cádiz y culminado con la ley de 1837), cuyo objetivo era establecer una organización territorial basada en:

  1. Uniformidad administrativa con leyes de aplicación general para todos los territorios e individuos.
  2. Liberación de la propiedad mediante procesos como la desamortización y la desvinculación.

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