Estructura y Funcionamiento del Gobierno en España: Un Examen Detallado
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El Gobierno de España: Estructura y Funcionamiento
El Gobierno es el órgano constitucional encargado del poder ejecutivo. Su regulación se encuentra en los artículos 97 y siguientes de la Constitución Española, así como en la Ley 50/1997. El Gobierno está formado por el presidente, los vicepresidentes y los ministros.
Principios del Gobierno
- Principio de dirección colegiada: El presidente y los ministros tienen encomendadas las funciones constitucionales, y existe una responsabilidad solidaria de todos los miembros del Gobierno.
- Principio presidencial: Las Cortes Generales eligen al presidente del Gobierno, quien dirige y coordina a los miembros y las funciones del Gobierno.
- Principio departamental: Los ministros dirigen sus respectivos ministerios y se encargan de las funciones administrativas.
Composición del Gobierno
Según el artículo 98 de la Constitución, el Gobierno está formado por el presidente, los ministros y, en tercer lugar, los miembros que la ley determine.
Formación del Gobierno
- Elecciones: Se celebran cada 4 años, aunque el presidente del Gobierno tiene la capacidad de adelantarlas. Las elecciones deben celebrarse el día 54 desde la disolución de las cámaras.
- Consultas reales: El rey se entrevista con los representantes de los partidos políticos con representación parlamentaria para proponer como candidato a presidente del Gobierno a la persona con más posibilidades de ser elegida.
- Sesión constitutiva: Dentro de los 25 días siguientes a las elecciones, tiene lugar la sesión constitutiva. Esta sesión está presidida por la mesa de edad, compuesta por el diputado de más edad y los dos más jóvenes. La mesa de edad organiza la elección de la mesa definitiva (presidente, vicepresidentes y secretarios). Una vez elegida la mesa definitiva, el presidente llama a cada diputado para que acate la Constitución.
- Grupos parlamentarios: Dentro de los 5 días siguientes a la sesión constitutiva, se constituyen los grupos parlamentarios.
- Sesión de investidura: Dentro de los 15 días posteriores a la sesión constitutiva, se celebra la sesión de apertura. Antes de esta sesión, suele tener lugar la sesión de investidura, en la que el candidato propuesto por el rey presenta su programa de gobierno. El candidato debe ser elegido por mayoría absoluta. Si no la obtiene, la votación se repite a las 48 horas, requiriéndose entonces solo mayoría simple. Si en la segunda votación tampoco es elegido, el rey propone a otro candidato, repitiéndose el proceso. Si en dos meses desde la primera votación no se ha elegido presidente, se produce la disolución automática de las cámaras y se convocan nuevas elecciones.
El presidente del Gobierno es nombrado por el rey, y el presidente elige a sus ministros. El rey puede incluso proponer como presidente del Gobierno a una persona que no sea diputada.
Cese del Gobierno
El Gobierno cesa por:
- Celebración de nuevas elecciones.
- Muerte o dimisión del presidente del Gobierno.
- Pérdida de la confianza de la cámara, ya sea por moción de censura o cuestión de confianza.