Estructura y Funcionamiento de Órganos Colegiados y Ejecutivos en Centros Educativos

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1. El Departamento de Orientación

La orientación ha de abarcar los diferentes dominios de la realidad discente (personal, escolar y profesional) en distintos niveles educativos: individual, de aula, de curso, de centro, de zona o comarca. El Departamento de Orientación, como estructura organizativa, armoniza y coordina todos los esfuerzos, ideas, programas y actuaciones de los tutores y del equipo psicopedagógico que lo integra, ofreciendo coherencia y posibilitando la educación integral como proceso globalizado y continuo.

Modalidades de Asesoramiento y Orientación en los Centros

  1. Modelo Personalista: El centro no posee estructura estable de orientación. Cuando necesita el apoyo puntual de un especialista, recurre a un psicopedagogo externo al centro para que resuelva el problema.
  2. Modelo Esporádico: Representa al centro que cuenta con un profesor de área o materia, licenciado en Psicología o Pedagogía, que esporádicamente y a tiempo parcial realiza funciones de asesoramiento u orientación en algunas épocas del curso.
  3. Modelo Integrado: Se refiere a un equipo de asesoramiento polivalente, compuesto por un psicólogo, pedagogo, logopeda, asistente social y médico. Suele ser ajeno al centro y tener asignados un conjunto de centros que asiste de forma periódica para realizar tareas de asesoramiento y orientación, según demandas del centro.
  4. Modelo Autónomo: También llamado gabinete psicopedagógico, que integra a numerosos especialistas de distintos campos de la educación.
  5. Modelo Flexible de Servicios: Suele ser un Departamento de Orientación compuesto por un número reducido e imprescindible de especialistas. Este pequeño equipo interno y estable demanda la ayuda de especialistas externos.

4. La Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP)

Es un órgano colegiado integrado por varias personas físicas, que pueden ser miembros de la misma por designación, por elección o por derecho propio. La Comisión de Coordinación Pedagógica se reunirá, como mínimo, una vez al mes y celebrará una sesión extraordinaria al comienzo del curso, otra al finalizar este y cuantas otras se consideren necesarias.

Composición de la Comisión de Coordinación Pedagógica

La CCP está formada por:

  • Presidente: El director del centro.
  • Vocales:
    • El jefe de estudios.
    • Los jefes de departamento y/o coordinadores.
    • El orientador del centro.
  • Secretario: El jefe de departamento de menor edad.

Órganos Ejecutivos de Gobierno: El Equipo Directivo

1. La Dirección de los Centros Públicos

  1. El director será elegido por el Consejo Escolar de entre aquellos profesores del centro que hayan sido previamente acreditados para el ejercicio de esta función, y será nombrado por la Administración Educativa, cuya duración en el cargo será de cuatro años.
  2. La elección se producirá por mayoría absoluta de los miembros del Consejo Escolar del centro.

2. Requisitos para ser Director

  1. Tener al menos una antigüedad de cinco años en el cuerpo de la función pública como funcionario, y haber ejercido la docencia, durante un período de igual duración, en un centro que imparta enseñanzas del mismo nivel y régimen.
  2. Tener destino definitivo en el centro, con una antigüedad en el mismo de al menos un curso completo.
  3. Haber sido acreditado por las Administraciones Educativas para el ejercicio de la función directiva.

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