Estructura y Funcionamiento del Régimen Señorial en la Edad Moderna
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Propiedad de la tierra
La agricultura era la fuente más importante de la riqueza. Las demás estaban vinculadas a un título nobiliario, a la Iglesia o a la Corona. Su titular sacaba provecho de ella, pero no podía venderla.
El conjunto de tierras de un señor (noble o eclesiástico) era un territorio señorial. En primer lugar, estaba la tierra señorial, formada por las tierras más productivas que el señor reservaba para su explotación; allí estaba su hogar y los establecimientos más importantes.
Derechos señoriales
Eran el conjunto de prestaciones y rentas que recibían los señores en virtud de su dominio sobre la tierra. Estos derechos provenían de la explotación de sus propiedades:
- Prestaciones personales: Los campesinos debían realizar una serie de trabajos obligatorios.
- Mansos: Divisiones de tierra suficientes para alimentar a una familia. El señor los cedía a hombres libres en usufructo a cambio de pagar un censo, o bien a siervos que debían asegurar prestaciones (productos o trabajo en la reserva señorial) y entregar un tanto por ciento de las cosechas.
- Monopolios señoriales: Tasas por la utilización de molinos, hornos, así como la explotación de ríos y bosques en su señorío.
Señorío jurisdiccional y atribuciones
El señor también gozaba de jurisdicción, pudiendo ejercer atribuciones de carácter público sobre el territorio (señorío jurisdiccional).
Regalías y funciones públicas
Ejercía las regalías que otorgaban funciones militares, de justicia, fiscales y de gobierno, tales como:
- Firmar la paz.
- Juzgar a las personas de sus dominios.
- Acuñar moneda.
- Cobro de peajes (puentazgo) y derechos de circulación sobre mercancías.
- Aplicación de multas derivadas de su poder judicial.
- El diezmo: Obligación de los campesinos de entregar la décima parte de la cosecha a la Iglesia.
Asimismo, existían tributos estatales de los que los grupos privilegiados estaban exentos.
Instituciones de gobierno
Existían instituciones que asesoraban al monarca:
- Consejo de Estado: El principal órgano, con miembros designados por el rey, subdividido en secciones.
- Secretarios de Estado: Funcionarios encargados de la gestión administrativa.