Estructura y Funciones del Poder Judicial, Administración y Gobierno en España
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IV. Principios del Poder Judicial
a) Exclusividad e Integridad de la Función Jurisdiccional: Según el artículo 117.3 de la Constitución, la función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado es exclusiva de jueces y tribunales, sin intromisión de ningún otro órgano.
b) Unidad Jurisdiccional: Todos los juzgados y tribunales de los distintos órdenes forman parte de una única jurisdicción.
c) Unidad Territorial: El ámbito de actuación del poder judicial abarca todo el territorio nacional.
d) Autogobierno de la Judicatura: El Consejo General del Poder Judicial, formado por un presidente (el del Tribunal Supremo) y 20 vocales (12 elegidos entre jueces y magistrados, y 8 entre abogados y juristas de reconocido prestigio), gestiona el autogobierno.
e) Participación Ciudadana: La participación de los ciudadanos en la administración de justicia se canaliza a través de la acción popular y el jurado, según el artículo 125 de la Constitución.
V. Concepto y Principios de la Actividad Administrativa
La administración es un aparato burocrático al servicio del gobierno. El gobierno no podría funcionar sin la administración. El artículo 103.1 de la Constitución establece que la administración sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de objetividad, eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
- a) Objetividad: La actuación administrativa debe ser imparcial y garantizar la igualdad ante la ley.
- b) Eficacia: La administración debe cumplir los objetivos marcados y gestionar racionalmente los recursos públicos.
- c) Jerarquía: La administración se estructura de forma escalonada, permitiendo a los superiores ordenar y supervisar el trabajo de sus subordinados.
- d) Descentralización: Consiste en el traspaso de funciones de una administración a otra.
- e) Desconcentración: Consiste en el traspaso de competencias entre órganos de la misma administración.
- f) Coordinación: Se busca evitar superposiciones entre órganos con competencias similares.
VI. Función de Control del Gobierno
a) Investidura del Presidente del Gobierno: El Congreso de los Diputados otorga la confianza al candidato propuesto por el Rey para formar gobierno.
b) Moción de Censura: Presentada por al menos la décima parte de los diputados, exige la responsabilidad política del gobierno.
c) Cuestión de Confianza: El presidente del gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, solicita al Congreso que se manifieste sobre su programa.
VII. Funciones del Gobierno
a) Función Política:
- Actos de dirección de la comunidad política.
- Actos de dirección de la política exterior.
- Actos de dirección de la defensa y seguridad del Estado.
b) Función Normativa:
- El gobierno tiene iniciativa legislativa.
- El gobierno dicta reglamentos.
c) Función Administrativa: El gobierno dirige la administración del Estado para satisfacer el interés general.
VIII. Ministerio Fiscal
El Ministerio Fiscal promueve la acción de la justicia en defensa de la legalidad, los derechos de los ciudadanos y el interés público tutelado por la ley.
a) Unidad de Actuación: El Ministerio Fiscal actúa en todo el territorio nacional, aunque cada fiscalía se sujeta al tribunal al que está adscrita.
b) Dependencia Jerárquica: Los fiscales, a diferencia de los jueces, no tienen la misma independencia en su actuación, ya que dependen de sus superiores jerárquicos y del gobierno de la nación.
c) Sujeción a los Principios de Legalidad, Objetividad e Imparcialidad: La actuación del Ministerio Fiscal debe guiarse por la defensa de la legalidad vigente.